Infobae .- Desestimó los argumentos presentados en audiencias el 23 y el 24 de mayo por la junta del Banco Central de Venezuela, que había cuestionado la decisión de otorgarle el derecho a los funcionarios designados por la oposición.
El tribunal de Apelación de Londres ha rechazado este viernes un recurso de la junta del Banco Central de Venezuela (BCV) nombrada por Nicolás Maduro contra un fallo del 29 de julio de 2022 que otorgaba a la otra junta designada por la oposición autoridad sobre el oro depositado en el Banco de Inglaterra.
Los tres jueces han desestimado los argumentos presentados en audiencias el 23 y el 24 de mayo por la junta del BCV de Maduro, que cuestionó la decisión de la jueza Sara Cockerill de no dar por válidas unas sentencias del Tribunal Supremo de Caracas que declaraban nulos los nombramientos a instituciones hechos por el entonces presidente interino Juan Guaidó, representante de la oposición al régimen.
En su dictamen, al que ha tenido acceso la agencia de noticias EFE, los magistrados señalan que Cockerill acertó al descartar esas sentencias, porque aceptarlas habría violado la doctrina inglesa de “Una sola voz” -que obliga al Gobierno y la judicatura a actuar unificados en política exterior-, dado que en ese momento Londres reconocía a Guaidó como presidente interino de Venezuela.
Los jueces constatan que, cuando este político -hoy destituido de su cargo- nombró a los miembros de su junta “ad hoc” del BCV, el Gobierno del Reino Unido “lo reconocía como presidente interino” del país.
En el contexto de este litigio, esos nombramientos “no se ven afectados por el hecho de que, desde enero de 2023, el Gobierno británico ya no lo reconoce” en ese puesto, del que fue destituido por sus colegas de la oposición en diciembre de 2022.
Los jueces concluyen que las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia venezolano que anulan las decisiones de Guaidó “no pueden ser reconocidas ni aplicadas por los tribunales del Reino Unido porque hacerlo entraría en conflicto con la opinión del Ejecutivo” en aquel entonces.
Agregan que las decisiones del líder opositor mientras era reconocido como mandatario por Londres deben ser interpretadas por la Justicia británica como “actos soberanos”.
Aunque ha perdido este recurso, el equipo legal de la junta oficial del BCV, presidida por Calixto Ortega, estudia iniciar una nueva demanda ante la división comercial del Tribunal Superior para reclamar su autoridad sobre los activos venezolanos ahora que Guaidó ya no es reconocido por el Reino Unido como presidente.
“Este recurso se presentó antes de que Juan Guaidó fuera destituido de la supuesta presidencia interina de Venezuela por su propia oposición, y se vio superado en gran medida por el cambio de la situación sobre el terreno”, ha explicado este viernes Sarosh Zaiwalla, del despacho Zaiwalla & Co, que representa a la junta del BCV de Maduro.
“El próximo paso, como ha declarado la Corte de Apelación, es que el tribunal comercial considere el impacto de estas circunstancias”, incluido el hecho de que el Reino Unido “ha retirado su reconocimiento a Guaidó”, en el acceso a las 31 toneladas de oro retenidas en el Banco de Inglaterra, añade en un comunicado.
“En ausencia de un reconocimiento formal del Gobierno británico (que no reconoce a Guaidó pero tampoco a Maduro)”, el tribunal debe determinar “quién debe ser considerado el gobernante de Venezuela”, apunta este abogado.
En los próximos días se prevé una audiencia en la sala comercial para acordar cómo proceder en este pleito, han indicado fuentes legales.
En su dictamen de hoy, la Corte de Apelación constata que “corresponderá al tribunal comercial determinar el curso futuro de este litigio, a la luz del cambio de panorama resultante del hecho de que el Gobierno de Su Majestad ya no reconoce a Guaidó como presidente de Venezuela”.
El objeto de esta disputa es el acceso a reservas de oro venezolanas por valor de unos 1.950 millones de dólares depositadas en el Banco de Inglaterra, así como a una suma adicional de 120 millones fruto de un canje ejecutado por Deutsche Bank.