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Ecuador: julio 26, 2024

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Ecuador, julio 26, 2024
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Procuraduría General apela sentencia de juez de Balsas que restituyó pensión vitalicia a Jorge Glas

EL UNIVERSO .- Hasta abril de 2023, el Ministerio de Finanzas debería pagar al exvicepresidente Jorge Glas 31 pensiones suspendidas, lo que sumarían $ 139.717. Al no estar de acuerdo con la decisión tomada por el juez del cantón Balsas (El Oro), Eleuterio Aguilar, de aceptar una acción de protección que, en lo fundamental, declara la vulneración de derechos y devuelve la pensión vitalicia retirada a Jorge Glas, como exvicepresidente, la Procuraduría General del Estado (PGE) apeló el fallo y ahora jueces superiores a Aguilar revisarán su resolución.   La apelación fue interpuesta de forma oral en la misma audiencia del 6 de abril pasado en la que el juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Balsas dio a conocer su decisión. La acción de protección la planteó a inicios de marzo pasado Juan Antonio Romero “por sus propios derechos como afectado” y en representación del beneficiario Jorge Glas en contra del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).   Las violaciones de derechos aducidas se habrían dado y generado contra Glas, según Romero, cuando el MEF eliminó “de forma arbitraria e inconstitucional” la pensión vitalicia a la que tenía derecho el exvicepresidente de la República y líder del correísmo, quien mantiene dos sentencias en firme por actos de corrupción relacionados a los delitos de asociación ilícita, dentro del caso Odebrecht, y cohecho pasivo agravado, parte del caso Sobornos 2012-2016.   Tanto a Glas, como al expresidente Rafael Correa, en septiembre de 2020, el Ministerio de Economía les suspendió el pago de sus pensiones vitalicias luego de que quedó en firme la sentencia de ocho años de cárcel por el delito de cohecho. La decisión fue tomada con base en las reformas a la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep), parte de la Ley de Apoyo Humanitario, en la que exceptúan del beneficio de pensión a los exmandatarios con sentencias por delitos de peculado, cohecho y concusión.   Justamente ese fue el fundamento de la oposición de la PGE a que el juez Aguilar de paso a lo planteado por Romero. Los abogados del Estado explicaron que si bien el caso por cohecho tuvo una sentencia en abril de 2020, ese fallo fue apelado y la causa recién obtuvo una sentencia ejecutoriada el 23 de septiembre de ese mismo año. Desde esa lógica, se afirmó, fue el fallo en firme el que ordenó el retiro de las pensiones, basado en la disposición que había sido emitida tres meses antes, junio de 2020, como parte de la Ley de Apoyo Humanitario. Romero aseguró que esa reforma no podía aplicarse, pues para ellos la sentencia de primera instancia fue dada en el caso Sobnornos en abril de 2020 y las reformas a la Losep llegaron en junio de ese año, De tal forma que no podría darse una retroactividad para aplicar la reforma. Tanto el MEF como la Procuraduría también aseguraron que existía falta de competencia en el juez de Balsas, pues la supuesta violación de derechos se habrpia dado en Quito.   “La irretroactividad de la ley es una regla de procedimiento que prohíbe a los tribunales aplicar una ley posterior que no había sido promulgada cuando ocurrió el hecho objeto del juicio. La irretroactividad es un concepto jurídico que imposibilita la extensión de los efectos derivados de una ley a hechos anteriores de su entrada en vigor, o sea, impide que las leyes promulgadas tengan efecto a las situaciones o acontecimientos anteriores a las mismas, sobre todo, si son restrictivas de derechos individuales o de carácter sancionador”, anotó el juez en su fallo.   El juez de Balsas dio paso al recurso de apelación solicitado por la Procuraduría General y ordenó que se remita el proceso a la Sala de Sorteos de la Corte Provincial de Justicia de El Oro para que se definan los tres jueces provinciales que analizarán el fallo del juez inferior. Ellos podrían ratificar todo lo actuado o anular lo decidido por Aguilar.   La mañana de este viernes 14 de abril el juez Aguilar notificó al Ministerio de Economía y Finanzas, al Banco Central, a la Presidencia de la República y a la Defensoría del Pueblo con el contenido del fallo para que cada instancia dé cumplimiento a lo que se le dispone. En lo referente al MEF el magistrado le da un total de 15 días, contados a partir de notificada la sentencia escrita, para que informe con el cumplimiento total de las medidas de reparación integral dispuestas en este caso.   Las pretensiones aceptadas: El juez Eleuterio Aguilar aceptó la mayoría de las seis pretensiones planteadas por Juan Antonio Romero al momento de presentar la acción de protección que favorecía a Jorge Glas.   .- Aceptó la acción de protección propuesta por Juan Antonio Romero Matamoros por sus propios derechos como afectado y en representación del beneficiario Jorge Glas en contra del MEF.   QUITO (26-01-2023).- En el Complejo Judicial Norte de Quito, se dio la audiencia para definir la pena única de Jorge Glas. La jueza, Melissa Muñoz, presidio dicha audiencia. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO Foto: Carlos Granja Medranda .- Declaró la vulneración de los derechos constitucionales de Jorge Glas a la seguridad jurídica, al principio de legalidad, al principio de progresividad de derechos, principio de irretroactividad de la ley, debido proceso en la garantía del derecho a la defensa, a la integridad personal;  además de vulneración a su núcleo familiar a los derechos vida digna y proyecto de vida,   Como medidas de reparación integral .- Dejó sin efecto la disposición del legitimado pasivo de haber excluido a Jorge Glas del pago de las pensiones mensuales vitalicias.   .- Dispuso al MEF que en el término de 10 días de notificada esta sentencia expida el acto administrativo correspondiente ordenando la restitución del pago de la pensión mensual vitalicia al exvicepresidente Jorge Glas con la asignación del presupuesto necesario para tal fin, con fuente de financiamiento fiscal, por existir vulneración a sus derechos constitucionales reclamados en esta demanda.   .- Ordenó que el MEF, en el término de 10 días, realice el pago de

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En mayo próximo se iniciará en Estados Unidos el juzgamiento del excontralor ecuatoriano Carlos Pólit

EL UNIVERSO .- El excontralor Carlos Pólit es investigado en Estados Unidos por ser parte de un esquema para usar el sistema financiero de ese país para lavar dinero.   Empieza la cuenta regresiva de los menos de dos meses que restan para que se realice en Estados Unidos el juicio contra el excontralor ecuatoriano Carlos Pólit. Un Tribunal del Distrito Sur de la Florida, en Estados Unidos, señaló al 22 de mayo próximo como la fecha para dar inicio a la etapa de juzgamiento.   Pólit, quien fue contralor general del Ecuador entre el 2007 y el 2017, es acusado por la Fiscalía estadounidense por ser parte de un esquema para usar el sistema financiero de Estados Unidos para lavar dinero, promover y encubrir un esquema de sobornos ocurrido en Ecuador.   En total son seis los cargos de acusación que existen contra el excontralor en Miami, Estados Unidos: un cargo de conspiración para cometer lavado de activos, tres por encubrimiento de lavado de dinero y dos por participar en transacciones de propiedad privada derivada de actividades delictivas.   Según la normativa estadounidense, los dos primeros cargos dejan una pena máxima de 20 años de prisión cada uno, mientras que el tercero mantiene una pena máxima de diez años de cárcel.   Hace un año, en abril de 2022, se produjo la detención en Miami del excontralor ecuatoriano Carlos Pólit bajo el supuesto de que era parte de un esquema de cohecho y lavado de dinero. Inicialmente la jueza de la Corte Federal de Miami Jacqueline Becerra impuso una fianza por $ 18 millones a Pólit, de 72 años, la cual quedó en $ 14 millones. Como medidas para garantizar que Carlos Pólit se presente ante el juzgado respectivo se le ordenó el uso de un grillete electrónico, arresto domiciliario, restricción de visitas y la entrega de su pasaporte y documentos de viaje.   En marzo de 2022, una vez se inició el procesamiento en Estados Unidos, se incorporó al expediente un documento en el que se refiere que Pólit ha considerado cuidadosamente los alegatos de la acusación, el número de acusados, el número de probables testigos y las complejidades legales de la acusación y la información adjunta a la presente.   Frente a ello, Pólit declaró estar consciente de que los jueces del Tribunal en Estados Unidos se basarán en la información suministrada en esta declaración para establecer sus calendarios y programar juicios penales bajo el mandato de la Ley de Juicio Rápido. En la acusación de la justicia estadounidense contra Pólit se señala que entre el 2010 y el 2016 el entonces funcionario habría solicitado sobornos por más de $ 10 millones a Odebrecht a cambio de utilizar su poder como contralor para influir en las acciones oficiales de la Contraloría General de Ecuador en favor de la brasileña y su negocios en Ecuador.   Carlos Pólit además sería indagado por supuestamente haber solicitado y recibido en 2015 un soborno de cerca de $ 500.000 de un empresario ecuatoriano por la ayuda para obtener ciertos contratos relacionados con la empresa estatal Seguros Sucre.   Respecto a la conspiración para cometer lavado de dinero en la acusación de Estados Unidos se explica que desde enero de 2010 hasta mayo de 2017, en el Distrito del Sur de Florida, y en otros lugares, Pólit, a sabiendas y voluntariamente, “conspiró” y estuvo de acuerdo con tres personas para cometer el delito a las que se las identifica como co-conspirador 1, 2 y 3 y otros.   Se asegura que con conocimiento Carlos Pólit realizó una transacción financiera que involucró el producto de una actividad ilícita específica; que a sabiendas de la ilegalidad del origen de los recursos intentó “transportar, transferir y transmitir” desde, a través y desde fuera de Estados Unidos con la intención de promover la realización de una actividad ilegal específica; y a sabiendas realizó o participó en una transacción monetaria por, a través de y para una institución financiera, que afecte el comercio interestatal en bienes derivados delictivos de un valor superior a $ 10.000 que se derivan de una actividad ilícita especificada.   El propósito de la conspiración habría sido que Pólit y el Co-conspirador 1 pretendían enriquecerse ilícitamente mediante el lavado de sobornos que el excontralor solicitó y recibió de los Co-conspiradores 2 y 3, entre otros, en cuentas bancarias en el Distrito Sur de Florida y en otros lugares, así como a través del compra de bienes inmuebles y otros activos en Miami y en otros lugares.   En cambio, los tres cargos por lavado de activos se habrían dado entre 2015 y 2016, en el Distrito Sur Florida y en otros lugares. Según Estados Unidos, Pólit llevó a cabo, apoyó, favoreció e intentó realizar una transacción financiera que involucró el producto de una actividad ilícita específica, a sabiendas de que los bienes involucrados representaban el producto de alguna forma de actividad ilícita, y de que la transacción era diseñado en su totalidad y en parte para ocultar y disfrazar la naturaleza, fuente, propiedad y control del producto de la actividad ilícita especificada.   Finalmente, los dos cargos por participar en transacciones de bienes derivados de actividades delictivas señalan que entre los años 2016 y 2017, Carlos Pólit participó de un ilícito a sabiendas de que ayudó, involucró y provocó que otros participaran en una transacción monetaria que afectó el comercio interestatal, a través de una institución financiera de valores superiores a los $ 10.000 de bienes derivados de una actividad ilícita.   Desde finales de 2020, en Ecuador contra Carlos Pólit existe una sentencia en firme y en proceso de ejecución de seis años de prisión y el pago de $ 40,4 millones, lo que correspondía al cuádruplo de lo que había recibido el entonces contralor de Odebrecht ( $ 10,1 millones) por dar paso a actos de corrupción en la Contraloría.   Ni la pena de cárcel, ni la económica han sido cumplidas, esto debido a que el excontralor se encontraba en Estados

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Jorge Glas pide al sistema penitenciario el cómputo de su pena; el objetivo final sería acceder a la prelibertad

EL UNIVERSO .- El 28 de noviembre pasado el exvicepresidente Jorge Glas dejó la cárcel bajo una “libertad provisional”, parte de medidas cautelares autónomas acogidas. Exactamente un mes después de que el exvicepresidente Jorge Glas consiguió que una jueza de Garantías Penitenciarias de Pichincha le dé paso a la unificación de penas, la defensa del líder correísta pide a un juez de Garantías Penitenciarias del Guayas que se le realice el proceso de cómputo de la pena, establecido en el artículo 667 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).   El proceso desde el 24 de febrero pasado está actualmente en manos del juez de Guayaquil Jorge Enrique Aldas Macías, quien reemplaza a Francisco Javier González Andrade.   A finales de enero pasado, la jueza de Pichincha Melissa Muñoz decidió aceptar el pedido que hizo Glas y dejar como pena única a cumplir la de ocho años de cárcel. La resolución confirmó que la pena de ocho años de cárcel por el delito de cohecho pasivo agravado dentro del caso Sobornos 2012-2016 absorbe a la pena de seis años de prisión por el delito de asociación ilícita relacionado con la trama de corrupción implantada en Ecuador por la empresa brasileña Odebrecht.   El artículo 667 del COIP, que habla del cómputo de la pena, explica que el juez de garantías penitenciarias realizará el cómputo y determinará con exactitud la fecha en que finalizará la condena y, de acuerdo con el caso, la fecha a partir de la cual la autoridad competente del centro o la persona sentenciada podrá solicitar el cambio de régimen de rehabilitación social.   Para tal cómputo, anota la norma, se tomará en cuenta el tiempo que la persona sentenciada está efectivamente privada de su libertad. La resolución se enviará al centro de privación de libertad en el que se encuentra la persona privada de libertad, se notificará a la Fiscalía, a la persona sentenciada o a su defensor, quienes podrán objetar el cómputo dentro del plazo de cinco días a partir de la notificación. El cómputo se reformará solamente cuando se compruebe un error o nuevas circunstancias lo ameriten. El pedido de cómputo de la pena es el paso previo para solicitar el beneficio penitenciario de prelibertad para Jorge Glas. Esa fue la misma vía que usó el ex secretario jurídico de la Presidencia Alexis Mera, también sentenciado en el caso Sobornos como coautor, para salir, el 27 de enero último, del Centro de Privación de la Libertad (CPL) de Tungurahua, en Ambato, y empezar a cumplir fuera de la cárcel el resto de los ocho años de prisión definidos.   El efecto práctico de que la jueza Muñoz haya definido una pena única para Glas es que cualquier análisis de beneficio penitenciario que se haga a futuro debe darse solo tomando en cuenta una pena de cárcel de ocho años. Esta unificación solo toma en cuenta lo que tiene que ver al tiempo de privación de libertad, mas no modifica la pena económica que para el caso Odebrecht es de cerca de $ 7,5 millones y para el caso Sobornos son $ 778.000.   Hasta el 28 de noviembre pasado el exvicepresidente Jorge Glas estuvo internado en la Cárcel 4. De ese CPL salió bajo “libertad provisional”, debido a medidas cautelares autónomas acogidas por el juez constitucional de Santo Domingo de los Tsáchilas Émerson Curipallo.   Desde que salió de la cárcel quien fue el hombre fuerte de los sectores estratégicos en el gobierno de Rafael Correa se ha presentado catorce veces en la Penitenciaría del Litoral, en Guayaquil, como parte de las medidas cautelares aceptadas por Curipallo, que incluye también la prohibición de salida del país. Se resaltó que la libertad provisional estará vigente hasta que un juez de garantías penitenciarias disponga lo contrario.

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Cuestiones de salud de Jorge Glas hacen que jueza le permita participar vía telemática de la audiencia en la que se analizará su pedido de pena única

Jorge Glas lleva 43 días fuera de la cárcel debido a que un juez dio paso a un pedido de medidas cautelares autónomas solicitadas a favor del exvicepresidente. Aunque inicialmente se dispuso que quienes participen en la audiencia de pena única solicitada a favor del exvicepresidente Jorge Glas comparezcan de manera presencial, la jueza de Garantías Penitenciarias de Pichincha, Melissa Muñoz, decide que únicamente el líder del correísmo use la vía telemática para asistir a la diligencia convocada para este 12 de enero en una de las salas del cuarto piso del Complejo Judicial Norte, en Quito.   El 28 de noviembre pasado, Glas salió la Cárcel 4, ubicada al norte de la capital ecuatoriana, y se encuentra en la ciudad de Guayaquil cumpliendo una “libertad provisional” definida por el juez constitucional de Santo Domingo de los Tsáchilas, Émersomn Curipallo, al acoger medidas cautekares autónomas planteadas a favor del exbinomio presidencial de Rafael Correa.   En la decisión de Curipallo se aclara que la “libertad provisional” estará vigente hasta que un juez de Garantías Penitenciarias la revoque. Desde la fecha en que dejó la carcel el exsegudo mandatario se ha presentado seis veces en la Penitenciaria del Llitoral, en Guayaquil, como parte de las medidas cautelares dispuestas por el juez constitucional. Glas también tiene la prohibición de salida del país. Para decidir que Jorge Glas sea él único sujeto procesal que asista a esta diligencia vía telemática, la jueza Muñoz tomó en cuenta la documentación parte del Informe Técnico de Documentos Médicos correspondientes al exvicepresidente, emitido por la Coordinación Zonal 8 del Ministerio de Salud. En el informe se justifica el aval del certificado médico suscrito por el doctor Paúl Mejía Andrade y se explica que Jorge Glas en semanas anteriores ha sido sometido a una intervención quirúrgica, por lo que requeriría comparecer vía telemática a la audiencia oral convocada para el 12 de enero próximo.   “Esta autoridad a fin de garantizar el derecho a la salud de la parte requirente (Jotge Glas) y considerando que uno de los fines del sistema procesal es velar por la eficacia y celeridad de la administración de justicia (…) se dispone que únicamente Jorge Glas comparezca de manera telemática a través de la plataforma zoom a la audiencia convocada”, explica la juexza en su providencia. La primera audiencia para definir la pena única estuvo dispuesta para el 12 de diciembre pasado, pero debido a un cambio de última hora de abogado defensor de Glas, la jueza Muñoz decidió diferir la audiencia en la que se iba a tratar el pedido para que se unifiquen las dos penas en firme que mantiene el líder correista por hechos de corrupción ocurridos en su paso por la función pública: seis años de prisión por el delito de asociación ilícita relacionado a la trama corrupta definida en Ecuador por Odebrecht y ocho años de cárcel por el delito de cohecho pasivo agravado dentro del caso Sobornos 2012-2016.   A la diligencia de pena única deberá comparecer el responsable del Centro de Privación de la Libertad (CPL) de Varones número 2 o Cárcel 4, para que sustente las condiciones subjetivas del privado de la libertad Jorge Glas, conforme lo dispone el artículo 35, inciso tercero, del Código de Ejecución de Penas y Rehabilitación Social. Además, Glas y su defensa y un representante de la Fiscalía General del Estado y de la Defensoría Pública.   La defensa de Glas piensa que no existe argumento legal alguno para que se niegue la pena única que se solicita. Según los abogados del exvicepresidente, el expediente que debía presentar quien hace el pedido de pena única, Diego Flores, director de la Cárcel 4, está completo, pues contaría con las sentencias en firme de los casos Odebrecht y Sobornos, informes de buena conducta, de que estaba en un área de mínima seguridad, certificados de estudios realizados mientras ha estado en la cárcel y demás documentos subjetivos que deben agregarse a la petición. Fuente: El Universo

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Pedido de pena única hecho por Jorge Glas se resolverá el 12 de enero próximo en una audiencia presencial

Desde el 28 de noviembre pasado el exvicepresidente Jorge Glas se encuentra fuera de la cárcel, debido a medidas cautelares que se le concedieron.   Una vez que la defensa de Jorge Glas cumplió con los requerimientos de la jueza de Garantías Penitenciarias de Pichincha Melissa Muñoz, la magistrada convoca para el próximo 12 de enero, a las 10:30, que se instale la audiencia de pena única solicitada a favor del exvicepresidente que se encuentra en “libertad provisional” desde el 28 de noviembre pasado.   La primera diligencia estuvo dispuesta para el 12 de diciembre pasado, pero debido a un cambio de última hora de abogado defensor del líder correísta, la jueza Muñoz decidió diferir la audiencia en la que se iba a tratar el pedido para que se unifiquen las dos penas en firme que mantiene el líder correísta por hechos de corrupción ocurridos en su paso por la función pública.   Ese día Muñoz le dio 48 horas a la defensa de Glas para que presente documentos originales o copias debidamente certificadas del tema de salud que argumentó el vicepresidente como una de sus dos razones para pedir que se difiera la diligencia. Luego, y por dos ocasiones, la jueza le dio cinco días al exvicepresidente para que presente debidamente avalado por el Ministerio de Salud Pública el certificado médico emitido por un neurocirujano.   Las partes procesales convocadas deberán comparecer de manera presencial a una de las salas de audiencias de la Unidad Judicial Especializada de Garantías Penitenciarias, en el cuarto piso del Complejo Judicial Norte, en Quito.   La jueza Muñoz señaló que a la diligencia deberá comparecer el responsable del Centro de Privación de la Libertad (CPL) de Varones número 2 o Cárcel 4 para que sustente las condiciones subjetivas del privado de la libertad Jorge Glas, conforme lo dispone el artículo 35, inciso tercero, del Código de Ejecución de Penas y Rehabilitación Social. Esta autoridad deberá comparecer con su respectivo abogado patrocinador, quien fundamentará en legal y debida forma su posición respecto a la petición de unificación de penas.   Édison Loaiza, parte de la defensa de Glas, cree que no existe argumento legal alguno para que se niegue la pena única. Según él, el expediente que debía presentar quien hace el pedido de pena única, Diego Flores, director de la Cárcel 4, está completo, pues contaría con las sentencias en firme de los casos Odebrecht y Sobornos, informes de buena conducta, de que estaba en un área de mínima seguridad, certificados de estudios realizados mientras ha estado en la cárcel y demás documentos subjetivos que deben agregarse a la petición.   Justamente esos son los documentos que deberá analizar la jueza en audiencia, luego de escuchar la fundamentación de la petición que hará el director de la Cárcel 4 o su representante legal. Si Muñoz cree que existe la documentación que respalda el pedido accedería a lo solicitado, pero de encontrar algún faltante podría suspender la diligencia hasta que se complete la documentación o si existe alguna incompatibilidad legal la negativa sería la respuesta.   La jueza de Garantías Penitenciarias también dispuso la comparecencia a la audiencia del 12 de enero próximo de un representante de la Fiscalía General del Estado y de la Defensoría Pública.   La noche del 28 de noviembre pasado Glas obtuvo una boleta de excarcelación que le permitió salir de la cárcel y pasar a cumplir fuera de ella lo que le resta de sus penas por asociación ilícita y cohecho. La decisión de que él cumpla su pena en libertad provisional –la cual estará vigente hasta que un juez de Garantías Penitenciarias la revoque– la adoptó el juez constitucional de Santo Domingo de los Tsáchilas Émerson Curipallo, al aceptar medidas cautelares autónomas solicitadas por quien es ahora su abogado en el tema de la pena única: Christian Estalin Palacios Zambrano.   El hombre fuerte de los sectores estratégicos en el periodo correísta dejó la Cárcel 4, en Quito, hace 37 días para cumplir las medidas cautelares de presentación periódica todas las semanas en la Penitenciaría del Litoral, en Guayaquil, y la prohibición de salida del país. Según Curipallo, su decisión buscó precautelar los derechos del sentenciado, pues, desde su análisis, existía una demora que persiste en el trámite para dar cumplimiento a los beneficios penitenciarios (pena única y prelibertad) que habría solicitado desde hace algún tiempo la defensa del ex segundo mandatario.   El análisis de la pena única que pide Glas debe darse respecto a una condena en firme de seis años de cárcel como autor del delito de asociación ilícita (caso Odebrecht), en la que debe pagar una reparación económica al Estado de $ 7,5 millones; y la sanción de ocho años de prisión por ser autor mediato por instigación de un cohecho (caso Sobornos) en el que debe cancelar $ 778.224.   La audiencia para analizar la pena única fue solicitada por el abogado Loaiza casi de inmediato de que se conoció, el 10 de noviembre pasado, que un Tribunal de la Corte Nacional, por unanimidad, resolvió la nulidad procesal de todo lo actuado dentro del caso Singue, es decir, anuló el fallo de primer nivel de ocho años de cárcel contra Glas, quien fue sentenciado junto con seis personas más por el delito de peculado.   Basados en el principio de concentración, adelantó Loaiza, pedirán que cuando se dé la audiencia de pena única, también se resuelva el pedido de prelibertad. De no darse paso a este segundo pedido, se aseguró que con la resolución de la unificación de penas solicitarán una nueva audiencia para que se defina la prelibertad a la que tiene derecho el excompañero presidencial de Rafael Correa, según Loaiza, al haber sido condenado con el Código Penal derogado y haber cumplido más del 40 % de la pena impuesta. Fuente: El Universo

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Jorge Glas se sometió a una cirugía en su cervical

El exvicepresidente Jorge Glas se sometió a una cirugía en Guayaquil. La intervención quirúrgica se conoció este martes 13 de diciembre de 2022. EL COMERCIO confirmó que el exfuncionario del correísmo, quien tiene dos sentencias por actos de corrupción, fue operado de la cervical el pasado 6 de diciembre. Siete días después está en recuperación médica. Este procedimiento quirúrgico se dio pocos días después de salir de la Cárcel 4 de Quito, tras beneficiarse de una medida cautelar emitida por el juez de Santo Domingo de los Tsáchilas, Emerson Curipallo. La noche del 28 de noviembre del 2022, Glas salió de la cárcel y en ese entonces usaba un cuello ortopédico. Luego se subió en un vehículo y viajó a Guayaquil. Allí tuvo revisiones médicas y se programó el día de cirugía. El abogado de Jorge Glas dijo que su cliente necesitaba esa cirugía hace tiempo atrás y finalmente pudieron hacer esa intervención. Jorge Glas está con reposo médico, pero su defensor aseguró que sí acudirá a las presentaciones periódicas en la Penitenciaría del Litoral. El juez Curipallo le otorgó la libertad, pero también dispuso acuda una vez por semana en ese centro carcelario.  Audiencia de unificación de penas de Glas La audiencia de unificación de penas para Jorge Glas prevista para las 15:00 del lunes 12 de diciembre de 2022, en la Unidad Judicial de Garantías Penitenciarias de Quito, se difirió debido a que el exvicepresidente presentó un certificado médico y cambió de abogado. Glas envió un documento en el que explica que debido a su situación de salud se encuentra con reposo médico, por lo que no puede acudir a la audiencia. Además, el exministro correísta agregó que cambió de abogado. Por ese motivo, solicitó que no se desarrolle la audiencia debido a que su nueva defensa necesita “contar con los medios y tiempos necesarios para realizar una nueva defensa técnica”. Finalidad de este recurso legal El objetivo de la unificación de penas es que Glas solo cumpla la sentencia más alta que tiene. Actualmente, el exvicepresidente tiene dos sentencias ejecutoriadas en su contra (ratificadas en tres instancias judiciales diferentes). La primera es de seis años por asociación ilícita en el caso Odebrecht y la otra es de ocho años por cohecho en el caso Sobornos. Por lo tanto, si se aprueba la unificación de penas, solo deberá cumplir la sentencia de ocho años por el caso Sobornos. Fuente: El Comercio

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El escándalo de Odebrecht revive en Colombia

La imputación de delitos contra uno de los fiscales que ha investigado el caso reactiva un episodio que envuelve corrupción y poder Como si se tratara del nuevo episodio de una intrigante serie, el caso Odebrecht ha vuelto a aparecer en Colombia. Tiene las miradas puestas encima porque toca las fibras del poder. Tras seis años de su estallido, la Fiscalía General de la Nación imputa cargos contra una decena de nuevos presuntos involucrados. Entre ellos está Daniel Hernández, quien como fiscal investigó el pago de millonarias coimas por parte de la multinacional brasileña a cambio de contratos como el de la Ruta del Sol II –un tramo de la doble calzada que conecta al centro del país con la Costa Caribe–. Con ello, dio inicio a la “nueva temporada” de uno de los más grandes escándalos de corrupción en América Latina.   En un cara a cara con su propio funcionario, el organismo investigador le imputó a Hernández, de 44 años, los delitos de prevaricato por omisión y amenazas a testigos. Según la Fiscalía, el abogado omitió darles trámite a siete órdenes de captura que él mismo solicitó en 2017 ante un juez, contra presuntos implicados en el entramado de corrupción que reveló el Departamento de Justicia de Estados Unidos. Entre ellos figuraban Mauricio Marangoni Marangoni, Eder Paolo Ferracuti y Amilton Hideaki Sendai, directivos de la constructora brasileña.   Según la Fiscalía, Hernández, quien lleva 18 años vinculado a la entidad, no registró las órdenes de captura en el Sistema de Información sobre Antecedentes y Anotaciones, un paso esencial para que se hicieran efectivas. “Tampoco pidió inmediatamente la expedición de notificación azul de Interpol para ubicar en otros países a los señores Marangoni, Ferracuti e Hideaki Sendai, en el entendido de que, para la fecha de los hechos, podrían haber salido de Colombia”, explicó el ente investigador en un comunicado.   Esta no es la única imputación contra Hernández. Hace apenas seis meses, en su condición de fiscal adscrito al Cuerpo Técnico de Investigaciones (CTI), habría intimidado en el búnker de la Fiscalía en Bogotá al exsenador Otto Bula, uno de los primeros condenados y principales testigos en el escándalo de Odebrecht. La Fiscalía dice tener pruebas de que quien fuera uno de sus más destacados investigadores buscaba favorecer a su antiguo jefe, el exfiscal general Néstor Humberto Martínez, y al empresario Luis Carlos Sarmiento Angulo, pues le habría reprochado a Bula su intención de declarar contra ellos ante el FBI. La financiera Corficolombiana, filial del Grupo AVAL, el más grande conglomerado bancario del país y de propiedad de Sarmiento Angulo, formaba parte del consorcio liderado por la compañía brasileña que logró quedarse con la adjudicación de la Ruta del Sol II a cambio de sobornos, a finales de 2009.   “Usted doctor Hernández amenazó al ciudadano Otto Nicolás Bula, al advertirle que Néstor Humberto Martínez Neira y Sarmiento Angulo estaban preocupados y molestos por cuanto él estaba teniendo acertamientos con la justicia para hablar de ellos, situación que logró generar en el testigo mucho temor y miedo según el relato brindado a la Fiscalía”, leyó el fiscal Víctor Salcedo en la audiencia de imputación. Agregó que este hecho ocurrió mientras el testigo adelantaba conversaciones bajo confidencialidad con altos funcionarios de la Fiscalía y del FBI, y que “sin haber rendido aún ninguna declaración oficial, personas que podrían estar vinculadas tenían conocimiento pleno de lo que estaba pasando, lo cual evidenciaba el poder que manejaban”. Para entonces, Hernández no tenía ninguna relación procesal con Bula porque ya no tenía a cargo las investigaciones de Odebrecht.   El nombre del exfiscal general Néstor Humberto Martínez salió a relucir con fuerza en el escándalo de la firma brasileña en 2018, cuando Noticias Uno publicó grabaciones de 2015 en las que quedaba en evidencia que Martínez conocía de denuncias de pagos irregulares desde antes de que estallaran las revelaciones de Estados Unidos y de ser nombrado fiscal, en 2016. Martínez era uno de los abogados externos más relevantes del Grupo Aval para la época en la que el consorcio liderado por Odebrecht se quedó, gracias al pago de sobornos, con el contrato para la ejecución de la megaobra vial. A su llegada a la Fiscalía, Martínez se declaró impedido en algunas líneas de investigación, no en todas.   Las grabaciones salieron a la luz pública días después de la muerte de Jorge Enrique Pizano, quien aparecía en los audios como el interlocutor de Martínez. Pizano vigilaba el correcto manejo de los recursos como controller del proyecto y se había convertido en otro de los testigos clave. Según la Fiscalía, el deceso ocurrió por causas naturales. Apenas tres días después su hijo de 30 años, Alejandro Pizano, quien había viajado desde Barcelona a Bogotá para asistir al funeral, murió al ingerir agua de una botella que se encontraba en el escritorio de su padre. La bebida que había consumido contenía cianuro, según el dictamen de Medicina Legal. Antes de morir, Pizano padre habría alcanzado a entregar a las autoridades norteamericanas las pruebas que tenía sobre pagos irregulares, de acuerdo con un informe publicado por la revista Cambio el pasado 3 de diciembre.   En su momento, en medio de la tormenta política que desataron las grabaciones, la Corte Suprema de Justicia nombró un fiscal ad hoc para las investigaciones sobre Odebrecht, removiendo a Martínez de esa función. Ante los nuevos capítulos que han surgido, el exfiscal general denuncia un complot judicial. En una carta dirigida a Francisco Palmieri, embajador encargado de Estados Unidos en Colombia, y a la fiscal Jamie Mickelson, delegada del Departamento de Justicia de ese país, alertó sobre supuestos ofrecimientos a terceros, entre ellos el investigado fiscal Hernández, para que declaren en su contra.   Desde que el Departamento de Justicia de Estados Unidos destapó los millonarios sobornos de Odebrecht en países de América Latina, entre ellos Colombia, donde los pagos habrían sumado 11 millones de dólares entre 2009 y 2014, se cuentan 18 condenas a nivel nacional, incluidas la de Roberto Prieto, gerente de la campaña presidencial de Juan Manuel

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