Corte Constitucional debe resolver si se prohíbe uso de celular durante las votaciones
La Corte Constitucional emitiría esta semana su fallo, sobre la demanda de demanda de inconstitucionalidad que planteó un colectivo social, contra la normativa que prohíbe tomar fotografías del momento de la votación de cada ciudadano. El caso fue presentado por el activista político Washington Andrade, dirigente de la llamada “Asamblea Permanente por la Defensa del Patrimonio Nacional”, un grupo abiertamente ligado al correísmo. LEER TAMBIÉN: CNE ratifica prohibición de tomar fotos durante las votaciones LEER TAMBIÉN: CNE lista para comenzar distribución de material de la segunda vuelta El colectivo, incluso, se adhirió a la plataforma de las izquierdas, que apoya a la candidata Luisa González. Su demanda está en manos del juez constitucional Richard Ortiz, quien anunció que ya tiene listo el proyecto de dictamen, para elevarlo a votación del pleno, compuesto por 9 magistrados. Corte debe resolver La resolución determinará si se mantiene la prohibición, o si queda insubsistente. El Consejo Nacional Electoral (CNE), el pasado 16 de marzo, restringió el uso de dispositivos móviles, eléctricos o electrónicos durante el sufragio, en las juntas receptoras del voto. Para los miembros de las mesas, solo se los permitirá para realizar las operaciones matemáticas, necesarias, para llenar las actas de escrutinio. La infracción está tipificada en el artículo 279 del Código de la Democracia, que sanciona con multas de 21 a 70 salarios básicos unificados (entre 9.879 y 32.900 dólares). Asimismo, establece la destitución (si es un servidor del Estado) y/o la suspensión de los derechos de participación, de 2 a 4 años.
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