PortadaHomeRadioCentro

Ecuador: octubre 8, 2024

Ecuador Continental:

Ecuador Insular:

Ecuador, octubre 08, 2024
Ecuador Continental: 09:26
Ecuador Insular: 09:26

Jorge Glas recusa al juez Luis Rivera y vuelve a impedir que se instale audiencia en caso Reconstrucción de Manabí

El Universo .- El exvicepresidente Jorge Glas y los exfuncionarios del correísmo Carlos Bernal y Pablo Ortiz son investigados por Fiscalía por el delito de peculado. Dos días antes de que se realice la audiencia de formulación de cargos en el caso Reconstrucción de Manabí, el exvicepresidente Jorge Glas, uno de los tres exfuncionarios públicos al que se los relaciona con el delito de peculado, presentó una demanda de recusación contra el juez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Luis Rivera. La acción fue interpuesta la mañana del 3 de enero pasado y, por sorteo, recayó la causa en manos del también juez penal de la CNJ Byron Guillén. Esta formulación de cargos la viene solicitando la Fiscalía General desde el 1 de junio pasado. Por dos ocasiones no se ha podido instalar la diligencia e incluso se solicitó a la Asamblea Nacional que se pronuncie sobre si da o no paso al procesamiento penal del ex segundo mandatario. El 29 de noviembre pasado, Rivera acogió el pedido hecho por la defensa de Glas y decidió que antes de que exista una audiencia de formulación de cargos por el delito de peculado se remita un oficio a la Asamblea Nacional solicitando la autorización para enjuiciar penalmente a quien formó binomio presidencial con Rafael Correa. Sobre esta solicitud, en el pleno del Legislativo, el jueves 21 de diciembre último, no se alcanzaron los votos para autorizar el enjuiciamiento penal de Glas. Con la respuesta de la Asamblea, el juez Rivera dispuso para el 5 de enero la instalación de la audiencia de formulación de cargos contra Glas, como expresidente del Comité para la Reconstrucción y Reactivación Productiva y del Empleo; Carlos Bernal, exsecretario del Comité para la Reconstrucción de Manabí, y Pablo Ortiz, exgerente de la empresa estatal Ecuador Estratégico. En el conocido caso Reconstrucción de Manabí se analizan supuestas irregularidades en la contratación del proyecto vial Manta-Colisa. La teoría manejada por Fiscalía habla de que pese a que el proyecto no cumplía con los ejes propuestos por la Ley de Solidaridad (emergencia, reconstrucción y reactivación), fue adjudicado el 30 de marzo de 2017 y establecido como prioritario, sin tomar en cuenta que existían más de 580 proyectos para reconstrucción de infraestructura pública, vivienda, salud y educación que requerían de atención inmediata después del terremoto ocurrido en Ecuador, en abril de 2016. El juez Guillén no ha definido aún la fecha en la que se analizará en audiencia la demanda de recusación planteada contra el magistrado Rivera. Una vez que haya sido notificado de la recusación, Rivera deberá apartarse del conocimiento de la causa y ese hecho durará hasta que exista una resolución de Guillén. Los nombres de los jueces Rivera y Guillén, así como también de Jorge Glas aparecen en las conversaciones periciadas del denominado caso Metástasis, proceso penal en el que se investiga una delincuencia organizada que se habría estructurado en torno al narcotraficante Leandro Norero y la posibilidad de conseguir fallos judiciales favorables y beneficios penitenciarios para quien era conocido con el alias de Patrón y su familia. El 17 de diciembre último, Jorge Glas ingresó a la Embajada de México, en Quito, argumentando que tenía temor por su seguridad y libertad personal. Fue recibido en esa delegación diplomática en calidad de huésped y sus abogados han dicho que ya entregaron una solicitud formal de asilo político y refugio. Aún se desconoce la respuesta del Gobierno mexicano. Glas tomó esa decisión una vez que conoció el requerimiento hecho al comandante de la Policía Nacional, general César Zapata, por la fiscal Salazar para que se detenga a Glas y, sin esposas y sin esposar, sea llevado a la Fiscalía del Fuero de Corte Nacional, en el norte de la capital, para la práctica de varias diligencias investigativas dentro del caso Reconstrucción de Manabí.

Jorge Glas recusa al juez Luis Rivera y vuelve a impedir que se instale audiencia en caso Reconstrucción de Manabí Leer más »

Jorge Glas solicita su prelibertad en medio del incumplimiento de la presentación semanal, parte de su “libertad provisional”

El Universo .- La defensa del exvicepresidente Jorge Glas asegura que para acceder al beneficio de prelibertad él cumplió el 40 % de la pena impuesta en diciembre de 2020. Haber ingresado el exvicepresidente Jorge Glas en la Embajada de México, en Quito, el 17 de diciembre pasado, y estar en ese lugar más de una semana en calidad de “huésped”, le ha llevado a incumplir al líder de la Revolución Ciudadana la presentación semanal dispuesta en noviembre de 2022, como parte de una medida cautelar autónoma en la que el juez constitucional en Santo Domingo de los Tsáchilas, Emerson Curipallo, decidió beneficiar a Glas con una “libertad provisional”. El juez Curipallo, hoy uno de los 31 procesados por el delito de delincuencia organizada en el caso Metástasis, acogió las medidas propuestas por la defensa de Glas y permitió que él, el 28 de noviembre pasado, salga de la denominada Cárcel 4, al norte de Quito, en la que se encontraba. Como parte de la “libertad provisional” se dispuso inicialmente que el exbinomio presidencial de Rafael Correa se presente en la Penitenciaría del Litoral, en Guayaquil, y tenga prohibido salir del país. Esa presentación periódica semanal se reformó a mediados de abril pasado, no en el tiempo, pero sí en el lugar. Debido a la situación de violencia e inseguridad que existía en la Penitenciaría del Litoral, en lugar de hacerlo ahí se le dispuso a Glas se presente una vez por semana ante un juez de Garantías Penitenciarias de Guayaquil. Ese cumplimiento se dio por un año y dos semanas, hasta antes de ingresar a la delegación diplomática mexicana en Ecuador, aduciendo que tenía temor por su seguridad y libertad personal. Dentro de la medida cautelar, Curipallo aseguró que la “libertad provisional” estará vigente hasta que un juez de garantías penitenciarias disponga lo contrario. Según la resolución, se acogió la pretensión para precautelar en libertad los derechos de Glas, pues supuestamente la demora que existía en el trámite realizado por la defensa de Glas ante otro juzgador para obtener beneficios penitenciarios podría lesionar sus derechos a la seguridad jurídica y el debido proceso. El constitucionalista Ismael Quintana resalta que constitucionalmente la medida es temporal y por esencia revocable, por lo que si el beneficiario no la está cumpliendo, el juez que conoce la causa la debe revocar, porque ya no se cumplen las definiciones dispuestas en el propio fallo. Curipallo al momento se encuentra cumpliendo la medida de prisión preventiva en el caso Metástasis, al ser uno de los colaboradores de una red que habría operado para brindar facilidades penitenciarias y fallos judiciales al narcotraficante Lenadro Norero y su familia. Procesalmente lo que correspondería, explica Quintana, es que el Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI), al ser el órgano del poder público al que se le planteó la medida cautelar, pida la revocatoria de las medidas cautelares dadas a Glas dentro del recurso constitucional tramitado. “Debía presentarse ante autoridad competente en lugar de la prisión que tenía y resulta que no está cumpliendo con la decisión que a él mismo le beneficia. Eso es causal para revocar la medida cautelar”. Pero el constitucionalista va más allá y cree que en el caso de la medida cautelar otorgada a Glas lo que debería ocurrir es que la Corte Constitucional (CC) la seleccione, la revise y la deje sin efecto. Anota que la CC tiene la posibilidad de escoger casos que son importantes desde su trascendencia para desarrollar jurisprudencia, dice, así como lo hizo, aunque con demora, en los dos habeas corpus que beneficiaron a Jorge Glas. “Lo que se ha hecho con la medida cautelar (otorgada a Jorge Glas) es que se ha tratado de desnaturalizarla, se ha mal utilizado la medida cautelar constitucional para discutir ahí asuntos que se deben discutir en los procesos penales ordinarios o en el régimen de justicia penal ordinaria. Un juez indebidamente le otorgó la medida cautelar, cuando en el fondo lo que se ordenó fue una prelibertad. (…) Debería definirse eso para evitar empañar el proceso penal”, sostuvo el constitucionalista. Este incumplimiento de medida cautelar se da en momentos en que se definió para este miércoles 27 de diciembre, a partir de las 15:00, una audiencia en la que la jueza Melissa Muñoz tratará el beneficio penitenciario de prelibertad que exige Jorge Glas una vez habría cumplido las dos quintas partes de la pena o el 40 % de la sentencia de ocho años impuesta por dos casos de corrupción (Odebrecht y Sobornos 2012-2016) en los que tiene fallos en firme y en proceso de ejecución. Mañana en una diligencia una jueza de garantías penitenciarias deberá analizar los informes que entreguen las autoridades del SNAI del Centro de Privación de la Libertad (CPL) de Cotopaxi y la Cárcel 4, más allá del tiempo de la pena cumplido, sobre condiciones de rehabilitación, cursos realizados mientra estuvo interno, nivel de seguridad en que se mantuvo el interno condenado, entre otros elementos que puedan definir si la persona que requiere el beneficio está apta para completar su rehabilitación fuera de un CPL. Eduardo Franco Loor, parte de la defensa de Glas, cree que a su representado le corresponde acceder a la prelibertad, pues ya cumplió más alla del 40 % de la pena. Ya en lo referente al ingreso del exvicepresidente a la Embajada de México en Ecuador, según Franco Loor ya el 20 de diciembre pasado se habría presentado basta información que respalda la solicitud de asilo a favor del líder del correísmo. El penalista y catedrático universitario, Pablo Encalada, refiere que en principio Glas tendría todo el derecho de solicitar la prelibertad, pero aclara que las estas últimas circunstancias ocurridas en torno al exvicepresidente tendrían que ser valoradas por quien juzgue el pedido de prelibertad. “Que se hayan emitido los informes (del SNAI) previamente no quiere decir que estos no puedan variar y en esta última semana esto precisamente ha variado. El régimen semiabierto o libertad condicional o prelibertad es uno en el cual él (Jorge Glas) tenía que presentarse periódicamente. Así que ya está incumpliendo, entonces el juez debería valorar y negar. El Código Orgánico de la Función Judicial dice que los hechos públicos y notorios no requieren prueba. Entonces basta con la mención de quien vaya a esa audiencia y

Jorge Glas solicita su prelibertad en medio del incumplimiento de la presentación semanal, parte de su “libertad provisional” Leer más »

Henry Kronfle se pronuncia sobre sesión para tratar caso Glas: “Debe ser enjuiciado penalmente”

Vistazo .- Esta tarde la Asamblea Nacional analizará la solicitud enviada por el juez Luis Rivera para que los legisladores decidan si es que procede o no enjuiciar al exvicepresidente Jorge Glas por presunto peculado en el caso Reconstrucción de Manabí. La sesión fue convocada por la vicepresidenta del Parlamento, Viviana Veloz, quien está encargada de la presidencia, ya que Henry Kronfle pidió una licencia sin remuneración para este día. De hecho, este panorama ha generado una serie de dudas y críticas en redes sociales, por lo que Kronfle emitió un comunicado en el que asegura que no estaba dispuesto a convocar a una sesión por pedido de un juez, que está siendo investigado por la Fiscalía en el caso Metástasis. “Sin embargo, mi opinión personal no puede anteponerse a la voluntad de la Asamblea Nacional, y al existir diferentes posiciones al respecto en el interior de la misma, de ninguna manera podía yo, impedir que el pleno se pronuncie ante el requerimiento expreso de la justicia”, manifestó el militante del PSC. Agregó que se sumará de fondo y forma al pronunciamiento que hará su partido esta tarde, “el cual ya fue anticipado por Vicente Taiano: Jorge Glas debe ser enjuiciado penalmente”. Por su parte, la bancada de Construye aseguró que ha presentado un cambio del orden del día para que se pueda escoger el trámite constitucional adecuado. Se trataría de una resolución que devuelva la consulta a la Corte Nacional para que el juicio continúe. Así que esperan que ADN y PSC se sumen a esta propuesta, ya que esas organizaciones han expresado públicamente que darán paso a que Jorge Glas sea procesado. Tras conocer la decisión del juez Rivera, la Fiscalía señaló que la consulta a la Asamblea “es innecesaria y dilatoria al existir precedentes”, puesto que Glas no es funcionario público (de hecho, ya estuvo sentenciado por otras dos causas). “No se encuentra cumpliendo funciones, como lo expresa la Constitución, que debe ser aplicada de forma expresa y no según interpretaciones a conveniencia”, mencionaba un comunicado. En el caso Reconstrucción de Manabí se investiga un presunto abuso de dinero público en beneficio de terceras personas naturales y jurídicas, que fueron contratistas y fiscalizadores de contratos suscritos en el marco de la emergencia por el terremoto del 16 de abril de 2016. Glas es procesado por las acciones tomadas en el 2016 como presidente del Comité de Reconstrucción. Además, están implicados los exfuncionarios públicos Carlos B. y Pablo O.

Henry Kronfle se pronuncia sobre sesión para tratar caso Glas: “Debe ser enjuiciado penalmente” Leer más »

Dentro de investigación previa por pecualdo, Fiscalía convoca a la prefecta Paola Pabón a rendir versión el próximo 17 de noviembre

El Universo .- La investigación previa se abrió el 24 de octubre pasado, luego de se filtró un audio en el que dialogan Soledad Padilla y el exvicepresidente Jorge Glas. En la continuación de la investigación previa abierta por el delito de peculado contra la prefecta de Pichincha, Paola Pabón, la Fiscalía General del Estado convoca el 17 de noviembre próximo a la funcionaria a rendir versión y así hablar de la forma de contratación y las labores que Soledad Padilla mantuvo en la Prefectura de Pichincha entre 2019 y 2023. La indagación en este caso se abrió el 24 de octubre pasado y parte de lo dicho por la propia Padilla en un audio filtrado en el que dialoga con el exvicepresidente Jorge Glas. Aparentemente, mientras era funcionaria de la Prefectura de Pichincha Soledad Padilla era la asistente del líder correísta, quien estuvo en varios Centros de Privación de Libertad (CPL), entre 2017 y 2023, cumpliendo dos sentencias en firme por actos de corrupción relacionados con los casos Odebrecht y Sobornos 2012-2016. La versión a la que es convocada Pabón fue solicitada por su defensa. Como parte de la información requerida por la Fiscalía, la prefectura de Pichincha ya habría facilitado informes sobre la creación de la necesidad de los cargos de asistente de promoción turística 2 y directora técnica de apoyo que ocupó Padilla desde el 5 de noviembre de 2019 que ingresó al Gobierno Autónomo Descentralizado provincial liderado por Pabón. Además información del área de Recursos Humanos sobre la selección, el sueldo, informes de trabajo y otros documentos de registro. En uno de los audios filtrados se escucha a Glas decir que Padilla no trabajaba para él, sino para la Prefectura de Pichincha. Padilla le respondió: “Cuanto no lo conozco que de entrada me va diciendo, me va lanzando una pastillita: Para mi no trabajabas, trabajabas para la prefectura. Por favor, hay conversaciones, las llamadas que usted hacía para que me contraten. Por favor Jorge, por favor, entre gitanos no nos leemos las cartas, Jorge”. Padilla ha denunciado a Glas en la Fiscalía por acoso e intimidación; mientras que Jorge Glas días después la demandó por extorsión, pues supuestamente le exigió $ 350.000 a cambio de no publicar audios relacionados con el tema. Entre la tarde y noche del jueves 2 de noviembre pasado y como parte de un acto urgente, la Fiscalía allanó una vivienda en la provincia del Guayas y varias oficinas de la Prefectura de Pichincha, en el centro de Quito, entre ellas, la que ocupaba Padilla en el piso 19 y otra del área de tecnologías en el piso 8. Equipos electrónicos (cuatro computadoras) y documentos habrían sido levantados en los lugares en los que se dieron los allanamientos. Para la prefecta Pabón era inaudito que habiendo señalado casillero judicial y entregado toda la información requerida por la Fiscalía, “en un burdo intento por polemizar y mediatizar un caso”,se allane la Prefectura en feriado nacional, cuando nuestro personal está trabajando en las vías en el operativo Pichincha Segura. Durante el allanamiento, el procurador de la Prefectura de Pichincha, Freddy Vega, tampoco entendía la acción de Fiscalía, más aún cuando la institución ha brindado las facilidades y entregado la información que se ha requerido. De Padilla explicó que era una funcionaria más del área de Protocolo. Mostró reparos por el momento en el que se hace el allanamiento, pues, según él, la acción podría haber sido hecha en horarios laborales en el que están los funcionarios laborando y pueden hacer los requerimientos del caso y no en medio de un feriado nacional. “Vienen en momentos en que no están los funcionarios y no les podemos dar mayor información”, indicó Vega, quien además calificó al acto de Fiscalía como inoficioso. Entre los delitos contra la eficiencia de la administración pública se encuentra el delito de peculado, el cual está tipificado en el artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Esta normativa explica que los servidores públicos; las personas que actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado; o, los proveedores del Estado que, en beneficio propio o de terceros, abusen, se apropien, distraigan o dispongan arbitrariamente de bienes muebles o inmuebles, dineros públicos, efectos que los representen, piezas, títulos o documentos que estén en su poder en virtud o razón de su cargo, serán sancionados con pena privativa de libertad que pueden ir de los cinco a los trece años. Serán sancionados con la misma pena como responsables de peculado los funcionarios, administradores, ejecutivos o empleados de las instituciones del Sistema Financiero Nacional que realicen actividades de intermediación financiera, así como los miembros o vocales de los directorios y de los consejos de administración y vigilancia de estas entidades; que, en beneficio propio o de terceros, abusen, se apropien, distraigan o dispongan arbitrariamente de bienes muebles o inmuebles, dineros privados, efectos que los representen, piezas, títulos o documentos que estén en su poder en virtud o razón de su cargo.

Dentro de investigación previa por pecualdo, Fiscalía convoca a la prefecta Paola Pabón a rendir versión el próximo 17 de noviembre Leer más »

Fiscalía asegura que acusados dentro del caso Isspol – Bonos pretenden deslindar su responsabilidad en el delito de peculado

El Universo .– Aún restan ser escuchadas en audiencia las defensas de cinco de los diez acusados de participar en supuestas irregularidades eninversiones del Isspol. Entre el lunes y martes pasados, en la reinstalación de la audiencia preparatoria de juicio dentro del denominado caso Isspol, cinco de los diez acusados por el delito de peculado ocurrido en operaciones financieras de inversión que habrían afectado los fondos del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social de la Policía Nacional (Isspol), han desestimado las acusaciones de la Fiscalía General del Estado y piden a la jueza de Pichincha, Irene Pérez, emita a su favor un sobreseimiento. Luego de poco más de tres meses de suspensión, el lunes último se reinstaló la diligencia para continuar con la respuesta que tienen las defensas de los diez procesados al dictamen acusatorio dado por el fiscal a cargo de la causa, Álex Castillo, a finales de julio pasado y luego de cinco días de intervenciones. Él presentó un dictamen acusatorio contra los diez procesados y pidió que se llame a juicio a todos. Castillo fundamentó su dictamen en calidad de autores contra el empresario Jorge Chérrez; los general (sp) exdirectores del Isspol, Enrique Espinosa de los Monteros y David Proaño; Alfredo Valverde, Santiago Duarte, Robert Luzuriaga y Orlando Núques, exdirectores de Inversiones, Jurídico, de Riesgos y Económico-Financiero del Isspol, respectivamente; y Luis Álvarez, exgerente del Depósito Centralizado de Valores (Decevale) y exintegrante de la Bolsa de Valores de Guayaquil. También presentó su acusación como coautores del delito de peculado contra Luis Domínguez, representante legal y suscriptor de contratos de la empresa Rusticussi, y Carlos Carbo Cox. Los diez, para la Fiscalía, serían parte de un peculado ocurrido en la negociación de $ 216.2 millones en operaciones efectuadas entre los años 2017 y 2019 por el Pacto de Recompra de Bonos Global 2024, entre los directivos del Isspol con la empresa ofertante de bonos Capital Ventura y las empresas Rusticussi y Provensa, suscriptoras de contratos. Hasta el momento han intervenido las defensas de Enrique Espinosa de los Monteros, Santiago Duarte, Jhon Luzuriaga, entre otros exdirectores del Isspol. Pese a que se convocó para las 10:00 de este miércoles 8 de noviembre a la tercera jornada de audiencia dentro de esta causa en la que restan aún cinco defensas por intervenir, por solicitud de uno de los abogados, la audiencia fue diferida para este jueves 9 de noviembre, desde las 09:30. Básicamente quienes han intervenido en la diligencia en defensa de los procesados han indicado que el delito investigado no corresponde al período de gestión que mantuvieron en el Isspol, que las investigaciones realizadas fueron recuperadas, que su rol como asesor jurídico se circunscribe únicamente a ese ámbito y por lo tanto no participó de las decisiones de inversión o que los procesados no tenían voz, ni voto para influir en las inversiones que realizaba el Isspol. El actual director del Isspol, coronel Renato González, critica los argumentos, pues lo que estarían diciendo es que ahora nadie conoce nada, que nadie firmó nada, que ‘pasaron en el Isspol consumiendo los sueldos sin saber de qué se trataba lo que hacían’. Según la acusación de Fiscalía, el pacto de recompra de bonos global se habría dado sin ninguna garantía. La reinstalación del 6 de noviembre pasado, es la continuación de la audiencia instalada el 10 de julio pasado por la jueza Irene Pérez. La diligencia de evaluación y preparatoria de juicio se instaló a inicios de enero pasado y se resolvió la fase de nulidades. Luego, por diferentes razones, la diligencia no ha podido ser reinstalada o avanzar con la velocidad adecuada. El fiscal Castillo tiene clara la estrategia de defensa aplicada por los abogados que han intervenido: tratar de desplazar la responsabilidad de los procesados, argumentando que desde su cargo no podían ellos disponer de estos fondos. Lo señalado sería poco probable, a decir de la Fiscalía, pues ellos fueron quienes firmaron cada una de las actas donde se dispuso realizar las inversiones. Las pericias de flujo de procesos, financiera y contable serían la base de la acusación que lleva adelante la Fiscalía. Por ejemplo, según la pericia contable el perjuicio en este caso ascendería a $ 188 millones hasta el 6 de abril de 2021, monto que continuaría en incremento. Para la Fiscalía, en los hechos ocurridos entre el 2017 y 2019 se violentó un bien jurídico protegido, una vez los procesados se valieron de sus cargos para “apropiarse, distraer y disponer” de los fondos de propiedad de los afiliados al Isspol. A la acusación se sumó el agravante de que hayan participado más de dos personas en el cometimiento del delito de peculado. 

Fiscalía asegura que acusados dentro del caso Isspol – Bonos pretenden deslindar su responsabilidad en el delito de peculado Leer más »

Fiscalía allana Prefectura de Pichincha y vivienda por presunto peculado en el caso Padilla

El Universo .- También en Guayaquil se produjo un allanamiento en una vivienda presuntamente de la Padilla exfuncionaria de la prefectura dirigida por Paola Pabón La Fiscalía General del Estado realizó un allanamiento a la instalaciones de la prefectura de Pichincha y también en una vivienda en Guayaquil, en el marco de una investigación previa abierta por un presunto delito de peculado en la contratación de Soledad Padilla, como funcionaria de la entidad y al mismo tiempo asesoraba al ex vicepresidente de la República, Jorge Glas. El allanamiento se produce tras el anuncio que realizó, la semana pasada, la Fiscalía General del Estado de que comenzó una investigación de un supuesto abuso de fondos públicos en contra de la prefecta de Pichincha, Paola Pabón. Con los allanamientos se intenta recopilar elementos de convicción para determinar irregularidades en la contratación de Soledad Padilla, como funcionaria de la Prefectura desde el 2019 hasta el 2023, y al mismo tiempo se desempeño como asesora del exvicepresidente de la República, Jorge Glas, mientras cumplía dos sentencias en la cárcel por actos de corrupción. La prefecta de Pichincha, Paola Pabón, aparecería como la persona por investigar directamente en esta fase reservada, en la que se analizan hechos específicos que podrían configurar un delito por el que finalmente se formulen cargos. Se conoció que la vivienda que se allanó en la provincia de Guayas pertenecería a Soledad Padilla, y el propósito es recabar indicios. La Fiscalía General del Estado este 2 de noviembre 2023 también allanó una vivienda en la ciudad de Guayaquil dentro de la investigación previa por presunto delito de peculado. Foto Cortesía Fiscalía. En el allanamiento se levantó indicios electrónicos y también documentos que permitirán continuar con la investigación, según el reporte oficial de la Fiscalía. De su lado la Contraloría General de Estado ya formuló observaciones a la Prefectura de Pichincha por los procesos de contratación de personal durante la administración de Pabón, como pagos de sueldos excesivos. (I)

Fiscalía allana Prefectura de Pichincha y vivienda por presunto peculado en el caso Padilla Leer más »

Jueza penitenciaria declara ‘no ha lugar’ solicitud de prelibertad de Jorge Glas, mientras aún se mantiene pendiente formulación de cargos por peculado

El Universo .-  Jorge Glas mantiene en firme una pena de seis años de prisión por asociación ilícita y otra de ocho años de cárcel por un cohecho atado al caso Sobornos. La jueza de Garantías Penitenciarias de Pichincha Soledad Manosalvas declaró “no ha lugar” por “improcedente” el pedido hecho por el exvicepresidente Jorga Glas para que se analice una solicitud de prelibertad a su favor. El planteamiento fue hecho el 1 de septiembre pasado y descartado cuatro días después. “No ha lugar lo requerido por ser improcedente al estado procesal de la presente causa. Una vez que el centro carcelario consigne a este despacho la documentación correspondiente conforme a las disposiciones establecidas (…) se atenderá lo que en derecho corresponda, por cuanto el peticionario y su defensa técnica ajuste sus actuaciones procesales de conformidad a las disposiciones emitidas en la presente causa y la normativa legal vigente, a fin de velar por la seguridad jurídica y el debido proceso”, señala la providencia emitida por Manosalvas. Desde el 28 de noviembre pasado Jorge Glas está fuera de la conocida como Cárcel 4, ubicada en el norte de Quito. De ese Centro de Privación de la Libertad (CPL) salió bajo “libertad provisional”, debido a medidas cautelares autónomas acogidas por el juez constitucional de Santo Domingo de los Tsáchilas, Emerson Curipallo. Glas mantenía dos penas en firme: seis años de prisión por una asociación ilícita relacionada al caso Odebrecht y ocho años de cárcel por un cohecho atado al caso Sobornos 2012-2016. Como parte de la “libertad provisional” el ingeniero de profesión debía presentarse en la Penitenciaría del Litoral, en Guayaquil, y tenía prohibido salir del país. La presentación periódica se reformó a mediados de abril pasado, debido a la situación de violencia e inseguridad que existe en la Penitenciaría del Litoral. En su lugar se le dispuso que Glas deje de presentarse una vez por semana en ese CPL y en su lugar lo haga ante un juez de Garantías Penitenciarias de Guayaquil. A Jorge Glas ya se le ha determinado la pena única de las dos que tenía en firme en los casos Sobornos 2012-2016 y Odebrecht. Lo que le restaría por cumplir de los ocho años de pena única al binomio de Rafael Correa son poco más de dos años. La defensa de Glas ha estado a la espera de que se tramite su pedido de prelibertad, beneficio penitenciario al que podría acceder por el tiempo cumplido de la condena, pero también ha aprovechado para plantear un recurso de “rebaja de pena por ley más benigna”. En esa causa el juez de la Unidad Judicial Especializada de Garantías Penitenciarias de Guayaquil (Guayas), Manuel Lima, decidió inhibirse de conocer el recurso propuesto por Glas, el 5 de julio pasado. “Se logra determinar que la competencia para vigilar y controlar el cumplimiento de las penas de Jorge Glas se ha asegurado y ratificado en la causa radicada en Quito. En virtud de las consideraciones expuestas, (…) me inhibo de conocer la presente causa debiéndose remitir las constancias procesales a su juez natural de la Unidad Judicial Especializada de Garantías Penitenciarias con sede en Quito, dentro de la causa 17U01-2023-00020G”, refirió en su decisión el juez Lima. De otra parte, aún no se concreta la solicitud hecha por la fiscal general, Diana Salazar, a la Corte Nacional de Justicia (CNJ) para que exista una audiencia en la que se formulará cargos por el delito de peculado contra Glas, como expresidente del Comité para la Reconstrucción y Reactivación Productiva y del Empleo, y los exfuncionarios públicos del correísmo Carlos Bernal, exsecretario del Comité para la Reconstrucción de Manabí, y Pablo Ortiz, exgerente de la empresa estatal Ecuador Estratégico. La fiscal general hizo el pedido formalmente el 1 de junio pasado, es decir, hace ya casi cinco meses, pero por dos ocasiones no se ha podido instalar la diligencia. El caso está en manos de Luis Rivera, juez de la CNJ que fue parte del Tribunal de Apelación que, en noviembre de 2022, declaró la nulidad en el denominado caso Singue, en el cual uno de los procesados por peculado era Glas, y quien, el 19 de junio pasado, sobreseyó a los 18 procesados por peculado en el conocido caso helicópteros Dhruv. Salazar hizo la solicitud, pues se habrían determinado hechos que configuraría un acto de corrupción relacionado con el delito de peculado en una obra vial, parte de la reconstrucción de Manabí, luego del terremoto de 2016. “En 2019 la Contraloría General determinó la existencia de presuntas irregularidades en la adjudicación del contrato para la construcción del proyecto vial Manta-Colisa, de 22 kilómetros, por más de $ 68 millones, fondos provenientes de la Ley Orgánica de Solidaridad. Por esa razón la Fiscalía abrió una investigación previa”, recordó Salazar en un video colgado en la cuenta oficial de Twitter de la Fiscalía. En su explicación, la fiscal general recordó que el 16 de abril de 2016 Ecuador sufrió uno de los desastres naturales más devastadores de su historia reciente: el terremoto de Manabí, y para ese tema el Gobierno de la época –el de Rafael Correa– conformó el Comité para la Reconstrucción y Reactivación Productiva y posteriormente se emitió la Ley Orgánica de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana. Diana Salazar sostiene que este proyecto, pese a que no cumplía con los ejes propuestos por la Ley de Solidaridad: emergencia, reconstrucción y reactivación, fue adjudicado el 30 de marzo de 2017 y fue establecido como prioritario, sin tomar en cuenta que existían 587 proyectos para reconstrucción de infraestructura pública, vivienda, salud y educación que requerían de atención inmediata después del terremoto. El último diferimiento en el caso por peculado se dio el 6 de septiembre pasado, debido a un “choque anafiláctico y una dermatitis atópica” que sufrió el abogado del exvicepresidente del correísmo. Ese hecho obligó a que el juez Rivera, para no vulnerar el derecho a que todo procesado tiene para mantener un abogado de confianza como su defensa, decida diferir la audiencia en la que se iba a formular cargos. En

Jueza penitenciaria declara ‘no ha lugar’ solicitud de prelibertad de Jorge Glas, mientras aún se mantiene pendiente formulación de cargos por peculado Leer más »

A cuatro meses del sobreseimiento de los 18 procesados por peculado en el caso Dhruv, un tribunal de la Corte Nacional convoca a audiencia de apelación

El Universo .- El 19 de junio pasado, el juez de la Corte Nacional, Luis Rivera, emitió un sobreseimiento que favoreció a 18 personas procesadas por el delito de peculado. El próximo martes 10 de octubre, desde las 10:00, los jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Mercedes Caicedo (ponente), Marco Rodríguez y Byron Guillén, conocerán en audiencia la apelación interpuesta por la fiscal general Diana Salazar y la Procuraduría General del Estado contra el sobreseimiento decidido a favor de 18 personas acusadas de un peculado ocurrido en el proceso de adquisición de siete helicópteros Dhruv por parte del Estado ecuatoriano y la compañía Hindustan Aeronautics Limited (HAL), de la India. La apelación por parte de Fiscalía se la hizo de forma oral y lo ratificó de manera escrita, de la misma manera que lo hizo la Procuraduría, después de la decisión adoptada por el juez nacional Luis Rivera, el 19 de junio pasado, durante la reinstalación de la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio en el denominado caso Dhruv. Esta reinstalación demoró casi once meses en concretarse, pese a que lo único que restaba era conocer la decisión de Rivera de si llamaba o no a juicio. La fiscal Salazar no estuvo de acuerdo con la resolución y el mismo día de la audiencia anunció oralmente su apelación al auto de sobreseimiento. Dijo que existían los “suficientes elementos” para sustentar la acusación oficial de que en el caso existe el delito de peculado, así como la participación de todos quienes en su momento recibieron un dictamen acusatorio de Fiscalía. Pero Rivera tuvo un análisis distante al de la líder de la Fiscalía. Desde la perspectiva del juez nacional dentro de la audiencia no se evidenció que existen los elementos del tipo penal de peculado. “Las actuaciones -o si se quiere llamar conductas- no caen en la esfera de lo penal, por lo tanto no hay dolo. A lo cual se suma el siguiente elemento decidor que es el perjuicio económico, factor que en el presente caso tampoco se ha evidenciado”, explicó en su sentencia oral el juez nacional. El magistrado de la Corte Nacional resaltó en su decisión que la contratación de los siete helicópteros Dhruv se realizó por $45 millones, que las siete aeronaves fueron aseguradas y si bien hubo 4 aeronaves accidentadas, respecto de ellas la compañía de seguros canceló el Estado Ecuatoriano aproximadamente $ 53 millones. Patricia Ochoa, viuda del general Jorge Gabela, oficial de la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE) asesinado en diciembre de 2010 y quien fue uno de los principales opositores a la compra de los helicópteros Dhruv, denuncia que ha pasado el máximo de tiempo de 60 días que existente en la norma para resolver el recurso y podría ser archivado definitivamente el caso. Aparentemente ese sería el fundamento de los investigados para pedir que se deseche la apelación y se confirme el sobreseimiento inicial. “Con esa argucia dirán que el caso quedó ahí y no pasó nada. Es lamentable que esto nunca vaya a llegar a la verdad, principalmente por todas las personas que están de detrás, por todo lo que hay detrás del caso Gabela (investigación del asesianato del general Jorge Gabela). (…) Es duro saber cómo actúa la justicia. Yo no tengo confianza en la justicia y mucho menos ahora”, anotó Ochoa. Dos exministros de Defensa del gobierno de Rafael Correa, Javier Ponce y Wellington Sandoval, hacen parte de la lista de sobreseídos y que en su momento fueron acusados de cometer irregularidades y adoptar disposiciones arbitrarias en 2008 en el proceso para la compra de siete helicópteros a la compañía HAL, representada en Ecuador por la compañía Sumil C.A. También fueron beneficiados con el sobreseimiento Juan Cortéz, representante legal de la HAL para Ecuador; el teniente general (sp) de la FAE, Alonso Espinoza; el brigadier general de la FAE, Antonio Puga; el excomandante de la FAE, Rodrigo Bohórquez; el exjefe de Estado Mayor de la FAE, Leonardo Barreiro; Eduardo Esparza y Jorge Mejía, brigadieres Generales (sp) de la FAE; Luis Valverde, Merwin Villagrán, Wilson Alemán y Vicente Illescas, coroneles (sp) de la FAE; Marco Flores y Jaime Encalada, tenientes coroneles (sp) de la FAE; el capitán de Fragata de la Armada Nacional (sp), Gonzalo Estévez; y el suboficial (sp) de la Fuerza Terrestre, Francisco Torres. Durante estos cuatro meses que han pasado, las medidas cautelares dispuestas sobre los 18 investigados han ido desapareciendo una a una, pues fue orden del juez Rivera que se levanten todas las medidas cautelares de carácter real y personal que mantenían los ahora sobreseídos.

A cuatro meses del sobreseimiento de los 18 procesados por peculado en el caso Dhruv, un tribunal de la Corte Nacional convoca a audiencia de apelación Leer más »

Reconstrucción de Manabí: Audiencia por caso de peculado contra Glas se difiere

Primicias .- El exvicepresidente Jorge Glas no se presentó a la audiencia de formulación de cargos y alegó que su abogado tiene un problema de salud. La audiencia de formulación de cargos en contra de Jorge Glas y dos personas más por el presunto delito de peculado, por la reconstrucción de Manabí, quedó diferida. En este caso también serán procesados Carlos Bernal, exsecretario de la Reconstrucción, y Pablo Ortiz, exgerente de Ecuador Estratégico. La instalación de la audiencia estaba prevista para este miércoles 6 de septiembre de 2023, pero el exvicepresidente solicitó su diferimiento, alegando que su abogado tenía un problema de salud. Glas, quien está libre de manera provisional desde noviembre de 2022, no asistió a la sala de audiencias de la Corte Nacional. Su abogado Andrés Villegas tampoco se presentó. El exvicepresidente presentó un escrito en el que explica que su abogado padece de una enfermedad, un choque anafiláctico y dermatitis atópica desde el lunes 4 de septiembre, por lo que tiene certificado médico por tres días. La fiscal Diana Salazar aseguró que hay inconsistencias en el certificado médico entregado. Además, que el diagnóstico se refiere a una alergia, por lo que “pudo conectarse vía telemática”. La funcionaria sostuvo que la intención de Glas es retrasar su procesamiento. Salazar pidió que se instale la audiencia y que Jorge Glas sea representado por el abogado Diego Jaya, defensor público que está presente en la sala. Juez acepta diferimiento Pero el funcionario se negó, alegando no está preparado para asumir la defensa de Glas, ya que públicamente se conocía que los tres investigados asignaron abogados privados para su defensa. Además, dijo que asumir esa defensa sería ir contra la ley. Los abogados de Bernal y García también pidieron diferir la audiencia, para garantizar el derecho a la defensa de todos los procesados y evitar eventuales nulidades que afectarán a todos los procesados. El juez Luis Rivera dijo que no se puede violentar el derecho del exvicepresidente a tener un abogado de confianza y aceptó el pedido para diferir la audiencia. Rivera dio 48 horas para que el certificado médico del abogado sea validado por una entidad de la Red Pública de Salud.   Señaló que volverá a convocar la audiencia para una nueva fecha que no será postergable, y en la que de no estar presente algún abogado, la Defensoría Pública deberá asumir cualquier defensa. El caso El caso está a cargo del juez nacional Luis Rivera, quien ha sido señalado por la Fiscalía de retrasar el procesamiento de Glas, Bernal y Ortiz. Ya que pasaron tres meses para que se convoque a esta audiencia. Según la teoría inicial de la Fiscalía General del Estado, los funcionarios fueron los encargados de manejar los recursos públicos destinados para la reconstrucción tras el terremoto del 16 de abril de 2016. Sin embargo, según el Ministerio Público, hubo irregularidades al momento de priorizar las obras en las que se invirtieron esos dineros, que fueron recaudados a través de la Ley de Solidaridad. Por ejemplo, se gastó en la construcción de la vía Manta-Colisa y del Parque Las Vegas. Pese a que estas obras no fueron afectadas con el movimiento telúrico. Gustavo García, abogado de Ortiz, dijo antes del inicio de la audiencia que esto no significa peculado, ya que las obras en las que se debía invertir no eran únicamente de reconstrucción sino también de reactivación económica. Durante la audiencia, la fiscal Salazar deberá solicitar las medidas cautelares para los procesados, entre las que puede estar la prisión preventiva. García adelantó que se opondrán a esta posibilidad.

Reconstrucción de Manabí: Audiencia por caso de peculado contra Glas se difiere Leer más »

Caso reconstrucción de Manabí: Fiscalía formulará cargos por presunto peculado contra Jorge Glas

Vistazo .- Por presunto peculado se formularán cargos en contra del exvicepresidente Jorge Glas y otros dos exfuncionarios, dentro del caso denominado “Reconstrucción de Manabí“, en el que se investiga el uso de los fondos recaudados tras el terremoto del 16 de abril de 2016.   Para este miércoles 6 de septiembre a las 08h30 fue señalada la audiencia de formulación de cargos, luego de que la Fiscalía General del Estado (FGE) reuniera los elementos de convicción. Ese fenómeno natural, con una magnitud de 7.8 en la escala de Richter, dejó más de 670 muertos, miles de afectados, así como millonarias pérdidas materiales, principalmente en las provincias de Esmeraldas y Manabí.   En vista de aquello, el Gobierno del expresidente Rafael Correa expidió, el 20 de mayo de ese año, la Ley Orgánica de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana para la Reconstrucción y Reactivación de las zonas afectadas por el terremoto, que contemplaba una recaudación sobre la remuneración de los trabajadores.   Glas fue designado por Correa como presidente del Comité de Reconstrucción y Reactivación Productiva y del Empleo en las zonas afectadas.   Con esta ley que implicó el aumento del IVA, se recaudaron más de 1.614 millones de dólares, los cuales, según Fiscalía, se destinaron a contratos y proyectos que no fueron prioritarios en el contexto del terremoto.   “Es decir no eran emergentes ni estaban dirigidos a los damnificados”, acotó la institución.   Asimismo, la FGE formulará cargos contra otros dos ciudadanos: Carlos Bernal Alvarado, quien fue secretario de dicho comité, y Pablo Ortiz Hidalgo, quien fue gerente de la Empresa Pública de Desarrollo Estratégico (Ecuador Estratégico EP).   Fiscalía procesa este caso con base en el artículo en el artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de peculado con pena privativa de libertad de diez a trece años.   Glas fue condenado a seis años de cárcel al verse salpicado por la trama de corrupción de la firma brasileña Odebrecht; y a ocho años de cárcel por pedir sobornos a empresarios a cambio de contratos con el Estado.   No obstante, el exvicepresidente, quien desde 2017 cumplía con una pena de prisión, salió en libertad condicional el 28 de noviembre del 2022 y también recuperó sus derechos políticos.

Caso reconstrucción de Manabí: Fiscalía formulará cargos por presunto peculado contra Jorge Glas Leer más »

Pedido de Jorge Glas para ‘rebaja de pena por ley más benigna’ deberá ser revisado por un juez de Garantías Penitenciarias de Quito

El Universo .– El exvicepresidente Jorge Glas mantiene en firme dos sentencias por actos de corrupción ocurridos en su paso por la función pública. El juez de la Unidad Judicial Especializada de Garantías Penitenciarias de Guayaquil (Guayas), Manuel Lima, decidió inhibirse de conocer el recurso de “rebaja de pena por ley más benigna” presentado por el exvicepresidente Jorge Glas, el 5 de julio pasado. La decisión la tomó luego de que fue informado sobre sí a nombre del “sentenciado Jorge Glas Espinel existen causas de garantías penitenciarias sorteadas, así como su correspondiente estado”.   El juez de garantías penitenciarias para su resolución tomó en cuenta lo que se indica en el artículo dos de la resolución 01-2022 emitida por el pleno de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) que establece que el juzgador de garantías penitenciarias, o quien haga sus veces, que previno en el conocimiento de una causa respecto de los regímenes de rehabilitación social, será el competente para conocer todo el sistema de progresividad en la ejecución de la pena, incluidos los incidentes.   Además indica que si se presentare una nueva solicitud de cambio de régimen de rehabilitación social o de progresividad, el juez que conozca esta nueva solicitud deberá remitir al juez que previno en el conocimiento de la causa.   Lima explica que de la información recibida se desprende que existe una causa de garantías penitenciarias en la Unidad Judicial Especializada en Garantías Penitenciarias en el cantón Quito (Pichincha), la cual fue sorteada con anterioridad al pedido de “rebaja de pena por ley más benigna”, esto es el 10 de mayo de 2023.   “Se logra determinar que la competencia para vigilar y controlar el cumplimiento de las penas de Jorge David Glas Espinel se ha asegurado y ratificado en dicha causa radicada en Quito. En virtud de las consideraciones expuestas, (…) me inhibo de conocer la presente causa debiéndose remitir las constancias procesales a su juez natural de la Unidad Judicial Especializada de Garantías Penitenciarias con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, dentro de la causa 17U01-2023-00020G”, refirió en su decisión el juez Lima. El caso al que hace referencia el juez de Garantías Penitenciarias de Guayaquil es en el que se resolvió el pedido de cómputo de la pena que estuvo en manos de la también jueza penitenciaria, pero de Quito, Soledad Manosalvas. Ella, luego de una audiencia, señaló que, al 30 de mayo de 2023, al exvicepresidente Jorge Glas le restaban por cumplir dos años, once meses y quince días de su pena única de ocho años de cárcel.   En esa misma resolución Manosalvas refirió que el líder del correísmo desde el 13 de diciembre de 2020 ya tenía vía libre para solicitar el beneficio penitenciario de prelibertad.   El nuevo recurso planteado por los abogados de Glas, Johanna Cercado y Cristhian Palacios, la “rebaja de pena por ley más benigna”, se da con base en el artículo 230, número 9, del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ). La norma referida habla de la “competencia de los jueces de garantías penitenciarias” y sostiene que en las localidades donde exista un centro de rehabilitación social habrá, al menos, un juez de garantías penitenciarias, anotando que los jueces de garantías penitenciarias tendrán competencia para la sustanciación de derechos y garantías de personas privadas de libertad con sentencia condenatoria.   Entre las situaciones jurídicas que tendrán competencia los jueces penitenciarios está lo descrito en el numeral 9, del artículo 230, invocado, es decir, “conocer y resolver la situación jurídica de las personas privadas de la libertad cuando se haya promulgado una ley posterior más benigna”. QUITO (26-01-2023).- En el Complejo Judicial Norte, de Quito, se instaló la audiencia para analizar el pedido de pena única hecho por la defensa de Jorge Glas. La jueza Melissa Muñoz presidió dicha audiencia. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO Foto: Carlos Granja Medranda Desde el 28 de noviembre pasado Jorge Glas está fuera de la Cárcel 4, ubicada al norte de Quito. De ese Centro de Privación de la Libertad (CPL) salió bajo “libertad provisional”, gracias a medidas cautelares autónomas acogidas por el juez de Santo Domingo de los Tsáchilas, Émerson Curipallo. Glas mantenía dos penas en firme: seis años de prisión por una asociación ilícita relacionada al caso Odebrecht y ocho años de cárcel por un cohecho atado al caso Sobornos 2012-2016.   Como parte de la “libertad provisional” el ingeniero de profesión debía presentarse en la Penitenciaría del Litoral, en Guayaquil, y tenía prohibido salir del país. La presentación periódica se reformó a mediados de abril pasado, debido a la situación de violencia e inseguridad que existe en la Penitenciaría del Litoral. Se le dispuso que Glas deje de presentarse una vez por semana en ese CPL y en su lugar lo haga ante un juez de Garantías Penitenciarias de Guayaquil.   A finales de enero pasado, al tercer intento, Jorge Glas consiguió que una jueza de Garantías Penitenciarias le de paso a la unificación de penas. La jueza de Pichincha, Melissa Muñoz, decidió aceptar el pedido que hizo el líder del correísmo y ordenó que la pena única vigente sea la de ocho años de prisión. Básicamente lo que se decidió es que la pena mayor, la de ocho años de prisión del caso Sobornos, absorba a la pena menor, la de seis años del caso Odebrecht.   Un mes después de obtenida la pena única, la defensa del hombre fuerte de los Sectores Estratégicos del gobierno de Rafael Correa pidió se le realice el proceso de cómputo de la pena establecido en el artículo 667 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). El 30 de mayo pasado se dio la audiencia respectiva y se confirmó que a Glas le restaban por cumplir poco más de dos años de la pena de ocho años impuesta en la unificación.   Jorge Glas está a la espera de que se le defina una fecha para la audiencia en la que la fiscal general Diana Salazar le formule cargos por el delito de peculado  a él y a los exfuncionarios del correísmo, Carlos Bernal, exsecretario

Pedido de Jorge Glas para ‘rebaja de pena por ley más benigna’ deberá ser revisado por un juez de Garantías Penitenciarias de Quito Leer más »

Caso Gabela: cinco exministros del gobierno de Rafael Correa investigados por la Fiscalía por presunto peculado en el tratamiento que se dio al tercer producto

El Universo .– La Fiscalía informó a la Corte Constitucional las acciones emprendidas alrededor de la contratación de una consultoría que hizo un Comité Interinstitucional. Cinco exministros que integraron el gabinete del expresidente Rafael Correa están siendo investigados por presunto peculado, por el tratamiento que se dio al denominado tercer producto, en la investigación del asesinato del general de la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE) Jorge Gabela Bueno, en el 2010. La Fiscalía General del Estado comunicó este 17 de julio de 2023 a la Corte Constitucional (CC) el cumplimiento que dio a una sentencia en la que ordenó la reconstrucción de este tercer informe, en el trámite de una acción extraordinaria de protección que presentaron Patricia Ochoa, viuda de Gabela, en conjunto con la Defensoría del Pueblo en el 2018. Ello, porque pese a una acción de acceso a la información pública que tramitaron años atrás, no pudieron acceder a la documentación completa de esa investigación.   Los jueces de la Corte, en un fallo de febrero pasado, concluyeron que se vulneró el derecho a la verdad de la familia de Gabela y decretó que se reconstruya este tercer producto y que la Fiscalía y la Contraloría General del Estado informen sobre las «medidas y sanciones» emprendidas hasta este 18 de julio.   Alegaron que la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública determina «sanciones civiles, administrativas, penales para aquellos funcionarios estatales que oculten, alteren, pierdan o afecten a la información pública».   Según la Corte debe investigarse a aquellos exservidores que en su momento “estaban obligados al manejo de elaboración, recepción del informe final elaborado por el Comité Interinstitucional y a los funcionarios responsables de las contrataciones para elaborar dicho informe”. De esta manera, la titular de la Fiscalía General, Diana Salazar, remitió a la Corte Constitucional los resultados de esas medidas y acciones que tomaron por lo que sería la desaparición de este documento de los archivos del Estado.   Salazar informó que el 13 de marzo de 2023 abrió un expediente por el delito de peculado y que se encuentra en investigación en la Fiscalía de Fuero de Corte Nacional.   El expediente aglutina, por el momento, 2.968 fojas en 30 cuerpos y, como parte de la indagación previa, se han dispuesto 164 diligencias, entre ellas: 26 versiones receptadas, cuatro autorizaciones judiciales obtenidas, cuatro cadenas de custodia relacionadas con evidencia documental, digital y de audio y video, doce pericias dispuestas que incluyen las del sistema informático, 162 requerimientos a instituciones públicas, dos requerimientos a instituciones privadas y diez versiones por receptar. De acuerdo con este procedimiento, la Fiscalía reporta como presuntos involucrados a cinco personas que integraron el equipo de ministros de la gestión de Rafael Correa en el periodo del 2015. Entre ellos: Ledy Andrea Zúñiga Rocha, exministra de Justicia (actual candidata a asambleísta por el movimiento Revolución Ciudadana). César Navas Vera, exministro de Coordinación de Seguridad. Fernando Cordero Cueva, exministro de Coordinación de Seguridad y exministro de Defensa (expresidente de la Asamblea Nacional). José Ricardo Serrano Salgado, exministro del Interior (exasambleísta y expresidente de la Asamblea Nacional). Pedro Solines Chacón, exsecretario de Transparencia de Gestión (actual alcalde de Milagro). También se menciona a «funcionarios públicos que participaron de la contratación», aunque no se detalla sus identidades. Fernando Cordero (i) también fue exministro de Defensa y César Navas, exministro de Coordinación de Seguridad. (Foto: Cortesía. Tomada del Ministerio de Defensa) La investigación a estos exministros de Estado se da en un contexto en el que, en el 2012, el expresidente Correa constituyó un denominado Comité Interinstitucional que tenía como objetivo «conocer, investigar, analizar y pronunciarse sobre la denuncia de la señora Patricia Ochoa Santos en torno a la muerte del señor Jorge Fernando Gabela Bueno, excomandante de la Fuerza Aérea Ecuatoriana». Jorge Gabela, general y excomandante de la FAE, denunció en el 2008 la existencia de presuntos actos irregulares en la compra de siete helicópteros Dhruv que concretó el Ministerio de Defensa por $ 45 millones, a la empresa transnacional Hindustan Aeronautics Limited (HAL), de los que cuatro se accidentaron y tres quedaron inoperativos.   Gabela fue asesinado en diciembre del 2010, luego que su hija fue víctima de una persecución en la que los delincuentes ingresaron a su casa en Guayaquil y en un aparente robo dispararon al general, que murió diez días después en el hospital Luis Vernaza.   La justicia procesó a cinco personas y concluyó que el asesinato de Gabela se debió a un delito común, pero Patricia Ochoa insistió al Gobierno de ese entonces que investigue, pues presume que el asesinato fue a causa de sus denuncias alrededor de la compra de los siete helicópteros.   Fue así que Correa integró este Comité en el que participaron un representante o delegados de las máximas autoridades del extinto Ministerio de Justicia, Derechos Humanos, quien lo presidía; el Ministerio de Coordinación de Seguridad, el Ministerio de Defensa Nacional, el Ministerio del Interior, y, la Secretaría Nacional de Transparencia de Gestión.   Entre sus atribuciones, ese cuerpo colegiado podía recopilar información de cualquier naturaleza, entrevistar personas que pudieron tener conocimiento de los hechos denunciados; también acceder archivos y documentos, incluso aquellos que se encuentraban protegidos con el carácter de secreto, confidencial o reservados; y, también, practicar visitas, inspecciones, sesiones de trabajo, o cualquier otra actividad.   Para sus tareas podía contar «con peritos y expertos que les ayuden en el análisis técnico». Bajo esas atribuciones, el Ministerio de Justicia contrató, a través de la modalidad de consultoría, al perito argentino Roberto Meza Niella para que investigue los hechos que rodearon el crimen de Gabela.   La contratación se adjudicó por $ 78.000 y de ella se desprendieron tres productos. El primero contenía un cronograma de trabajo; en el segundo producto se había arribado a la hipótesis que el crimen se relacionaba con el crimen organizado por las denuncias de Gabela.   En ese segundo momento se había observado que el acto criminal se debía a un «acto ajeno a la delincuencia común» y se encontraron méritos en hechos relacionados con la actividad laboral de Gabela, por lo que se debía emitir un tercer informe sustentado con «recaudos probatorios que permitan determinar a

Caso Gabela: cinco exministros del gobierno de Rafael Correa investigados por la Fiscalía por presunto peculado en el tratamiento que se dio al tercer producto Leer más »

En el segundo día de audiencia del caso Isspol-Bonos, Fiscalía continúa fundamentando su dictamen acusatorio contra los diez procesados

El Universo .– El empresario Jorge Chérrez es buscado por la Interpol (Policía Internacional, por sus siglas en inglés) mediante una notificación roja de septiembre de 2022. En el segundo día de audiencia preparatoria de juicio por el delito de peculado ocurrido en operaciones financieras de inversión que habrían afectado los fondos del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social de la Policía Nacional (Isspol), la Fiscalía continúa fundamentando su dictamen acusatorio contra los diez procesados. Durante la primera jornada, el fiscal Álex Castillo dio a conocer que acusaba en calidad de autores al empresario Jorge Chérrez, representante de IBcorp Investments y de otras de sus empresas en las que el Isspol habría invertido aproximadamente $ 693 millones; a los general (sp) exdirectores del Isspol, Enrique Espinosa de los Monteros y David Proaño; a Luis Domínguez, representante legal y suscriptor de contratos de la empresa Rusticussi; a Alfredo Valverde, Santiago Duarte, Robert Luzuriaga y Orlando Núques, exdirectores de Inversiones, Jurídico, de Riesgos y Económico-Financiero del Isspol, respectivamente, y los también empresarios Carlos Carbo Cox y Luis Álvarez. La reinstalación de esta segunda jornada se dio la mañana de este martes 11 de julio y está en manos de la jueza penal de Pichincha, Irene Pérez. La audiencia de evaluación y preparatoria de juicio se instaló a inicios de enero pasado, pero por diferentes razones no había podido ser reinstalada en el Complejo Judicial Norte, en Quito. La Fiscalía sostiene que los investigados fueron parte de un peculado ocurrido en la negociación de $ 216.2 millones en operaciones efectuadas entre los años 2017 y 2019 por el Pacto de Recompra de Bonos Global 2024, entre los directivos del Isspol con la empresa ofertante de bonos Capital Ventura y las empresas Rusticussi y Provensa, suscriptoras de contratos.   Pese al dictamen que sustenta el fiscal Castillo, la defensa del general Espinosa de los Monteros, Paúl Ocaña, defiende la inocencia de su cliente. El abogado asegura que su representado estuvo entre el 2013 y el 2015 como director del Isspol y existe, incluso, un informe pericial en el que se dice que los supuestos hechos investigados se dieron a partir del 2017. “Nosotros no tenemos nada que ver en eso”, dijo.   Una vez Castillo concluya la fundamentación de su dictamen, inmediatamente pasará a anunciar la prueba con la que cuenta para la etapa de juicio. Luego será el turno de la acusación particular y vendrán cada una de las defensas de los diez acusados.   El actual director del Isspol, coronel Renato González, aplaudió la firmeza de la jueza Irene Pérez para hacer que el proceso penal siga su curso. Para el oficial era indignante que ya lleve 18 meses tratando de que se concluya una audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, pero debido a argucias de ciertas defensas el proceso se estanque o no avance a la velocidad que se requiere. Puso como ejemplo que el caso Las Torres que ya tiene un fallo de primera instancia inicio a la par que este caso por peculado y acá ni siquiera existe un llamamiento a juicio. “El caso Isspol no es una sola investigación. En el país están abiertas aproximadamente 20 investigaciones. Algunas ya han llegado a la fase procesal de juicio, por ejemplo en el caso Citadel que llamaron a juicio a Luis Álvarez y a otra persona; en el caso de SMS, que era otra empresa auditora que también está llamada a juicio;  (…) hay otras investigaciones como esta que están en audiencia de evaluación y preparatoria de juicio y el caso Decevale que está parado porque se dio un cambio de juez”,explicó el coronel González.

En el segundo día de audiencia del caso Isspol-Bonos, Fiscalía continúa fundamentando su dictamen acusatorio contra los diez procesados Leer más »

Helicópteros Dhruv: los cuestionamientos al juez Luis Rivera no cesan

Expreso .- Abogados, exjueces y exfiscales analizan la actuación al dictar sobreseimiento a 18 procesados. El judicial dijo que no hubo peculado en el caso.   El ‘principio sagrado’ en la administración de justicia que los abogados esperan que se cumpla es tener un juez independiente. Eso quiere decir que no tenga ningún prejuicio, que no haya conocido nada del caso anteriormente y que resuelva con lo que le actuaron en el proceso y aplicando la ley. Es el criterio de la penalista y catedrática universitaria Paulina Araujo al analizar la resolución del juez de la Corte Nacional de Justicia Luis Rivera, quien el lunes 19 de junio sobreseyó a 18 procesados por posible peculado en el caso de la compra de los helicópteros Dhruv que se hizo durante el correísmo. Y eso, al parecer, no habría ocurrido en el caso de los Dhruv. ¿La razón? El mismo día en el que Rivera mencionó que como la aseguradora pagó el siniestro de cuatro de siete aeronaves no hubo perjuicio para el Estado y tampoco peculado Patricia Ochoa, viuda de Gabela, mostró que no era un juez imparcial. Ella afirmó que en el 2013 el actual juez fue abogado de la Secretaría de Transparencia de Gestión cuando aún formaba parte del Comité Interinstitucional que creó Rafael Correa para investigar el caso Gabela. Por esta circunstancia y hasta para no dejar ninguna huella o alguna duda de sus actuaciones Araujo piensa que Rivera debió excusarse porque ya tenía algún conocimiento del caso. Ni en la época correísta fallaban tanto como lo hacen ahora. Nunca se fueron. Boicotearon todo. Parece que los 10 meses no fueron de gana, viene todo calculado.   Paulina Araujo, penalista Aunque el fallo no se ha notificado, uno de los argumentos para llegar a la conclusión de que no hubo perjuicio para el Estado fue porque el seguro cubrió el valor de los Dhruv “eso es ya llegar al absurdo”, señala. Añadió: “decir que no hay delito eso es un desconocimiento penal profundo de lo que implica el delito de peculado”. Concluye que el verbo rector del peculado es abusar de fondos públicos y en el caso de la compra de los Dhruv hubo un vicio completo en una contratación de objetos inservibles y que el general Jorge Gabela alertó que tenía anomalías. Para el jurista Miguel Revelo los militares involucrados distrajeron dineros públicos a su beneficio, los elementos de convicción los tiene la Fiscalía y por lo tanto había que llevar los hechos a juzgamiento. Revelo espera que como la Fiscalía apeló la resolución un nuevo juez conozca y resuelva y se dicte el auto de llamamiento a juicio. Pero está consciente que “todos sabemos que en el Ecuador los tiempos de la justicia se manejan con los tiempos electorales”. En eso coincidió Araujo en que fue extraño que al juez le tome más de 10 meses analizar el caso y emitir la resolución. Para el exjuez Luis Fernández el fallo de Rivera “solo denota la descomposición ética y moral que impera en la justicia ecuatoriana”. Indicó que se ha observado que la compra de los Dhruv, donde murieron personas, hubo lesionados y tres están inservibles demuestran que compraron completa chatarra. El exmagistrado Mauro Terán de la Corte cree que es muy grave y peligrosa la tesis del juez Rivera, “porque es torpe señalar que no hubo peculado porque el seguro cubrió las pérdidas. El peculado está en los sobreprecios y en el enriquecimiento de los actores, compradores. La ley no condiciona la existencia del delito a la existencia de un seguro”. Esta es una grave apología del delito, porque está diciendo que si el bien está asegurado, robe nomás que el seguro paga. Esta es una flagrante apología de la impunidad.   Mauro Terán, exmagistrado de la Corte Un exfiscal general que pidió la reserva de su nombre manifestó que normalmente este tipo de expedientes que tienen exposición mediática son complejos de abordar, porque existen muchos criterios y hasta en ocasiones, presiones sobre las decisiones que toman los jueces. Pero para la penalista Paulina Araujo parece que todo tiene un tiempo y que los 10 meses que se tomó el juez en analizar el fallo no fueron en vano y “tienen muy bien activado el tiempo de cuando ya está caminando el otro proceso por la muerte de Gabela ahí sí sacan esto (la resolución en el caso de los Dhruv).

Helicópteros Dhruv: los cuestionamientos al juez Luis Rivera no cesan Leer más »

Así se cayó la teoría del supuesto peculado en el caso Dhruv

Primicias .- Según los procesados, la Fiscalía no pudo demostrar el supuesto delito porque utilizó un marco legal equivocado y no probó el perjuicio para el Estado en la compra de los helicópteros Dhruv.   El sobreseimiento de los 18 procesados en el caso Dhruv fue sorpresivo para la Fiscalía. Luis Rivera, juez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), consideró que los hechos relacionados con la compra de los siete helicópteros no constituyen delito.   Si bien el fallo de Rivera todavía no se ha notificado oficialmente por escrito, el 19 de junio de 2023, en el final de la audiencia evaluatoria y preparatoria de juicio, el magistrado leyó los argumentos que presentaron los 18 investigados y que lo llevaron a tomar esa decisión.   Según los procesados, los hechos relatados por la Fiscalía no se ajustan a una posible conducta penal, sino administrativa o civil. Y esos ámbitos son competencia de la Contraloría, que realizó tres exámenes a esta compra y no determinó perjuicio para el Estado.   Además, los abogados defensores coincidieron en que “se trata de un peculado imposible, ya que hay 18 procesados”. Todos, dijeron, debieron haber realizado estos actos en beneficio propio o de una sola persona, habiéndose puesto de acuerdo anticipadamente.   La Fiscalía, por su parte, adelantó que apelará ese fallo.   Marco legal equivocado Los abogados de los procesados aseguraron que la Fiscalía utilizó un marco legal equivocado, para analizar el contrato de compra de las aeronaves. Según la teoría del caso de la Fiscalía, en los documentos precontractuales se establecieron especificaciones técnicas sobre los helicópteros que la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE) necesitaba. Pero, estos papeles no se sometieron a la aprobación del Comité de Contrataciones de la FAE, como lo ordenaba la ley.   Para la fiscal Diana Salazar, con el objetivo de obviar ese control legal, Wellington Sandoval, entonces ministro de Defensa, declaró emergente la compra, lo que significó un proceso de contratación más rápido y sin todos los controles.   El argumento para la emergencia fue el incidente de Angostura, en 2008. Aeronaves militares colombianas bombardearon territorio ecuatoriano para afectar a grupos armados irregulares. Con base en ese episodio, según la declaratoria firmada por Sandoval, era urgente comprar siete helicópteros de rescate, patrullaje y combate.   Sin embargo, los procesados rebatieron esta tesis. Según sus defensas, en ese momento no estaba vigente la actual Ley de Contratación y según la normativa de la época, las compras militares se realizaban bajo un régimen especial.   En esos años, las compras de los bienes para la defensa nacional, como aviones, helicópteros y armas, se regían en la normativa con la que se creó la Honorable Junta de la Defensa Nacional, en 1949, con base en las experiencias del conflicto bélico con el Perú.   Entonces, leyó el juez Rivera, a partir de la declaratoria de emergencia, la Honorable Junta aplicó su reglamento interno.   Esta norma no consideraba al Comité de Contrataciones de la FAE, y entregaba a la Junta la facultad de designar a las comisiones para llevar adelante el proceso, así como para la expedición de instructivos.   ¿Hubo perjuicio? Durante el proceso, la Fiscalía intentó posicionar la tesis de que la compra direccionada de los helicópteros Dhruv provocó un perjuicio para el Estado de USD 66 millones.   De las siete aeronaves compradas, cuatro se accidentaron, dejando un saldo de tres fallecidos. Mientras que las otras tres permanecen embodegadas desde 2015, cuando se decidió que no volverían a volar por falta de garantías técnicas.   Sin embargo, los abogados defensores dijeron que el Ministerio Público no pudo comprobar que ese perjuicio existió y, menos aún, que ese dinero haya beneficiado a alguno de los procesados.   Según los cálculos de los procesados, lejos de existir un perjuicio de USD 66 millones, todo el lío de los Dhruv dejó “una ventaja de USD 70 millones a favor del Estado”.   Inicialmente, el contrato se firmó por USD 45 millones. Pero antes de que se entreguen todas las aeronaves, empezaron los problemas y Ecuador pagó, únicamente, USD 39 millones.   Además, la empresa vendedora pagó más de USD 2 millones en multas por retrasos en las entregas, por lo que el monto final se redujo a menos de USD 37 millones.   Tras los accidentes de las cuatro aeronaves, Seguros Sucre pagó al Estado USD 51,5 millones como parte de las pólizas contratadas. Lo que abonó una diferencia a favor del país.   El caso Gabela y los Dhruv Patricia Ochoa, viuda del general Jorge Gabela, fue una de las más críticas con la decisión del juez Luis Rivera. La mujer, incluso, denunció un supuesto conflicto de intereses del magistrado, por su pasado laboral en el gobierno de Rafael Correa.   Jorge Gabela, excomandante de la FAE, fue asesinado el 29 de diciembre de 2010, en Guayaquil. La versión oficial detalló que el militar fue baleado en su casa, durante un presunto asalto.   Sin embargo, la familia de Gabela se opuso a esa teoría. Y relacionó su muerte con las denuncias que Gabela hizo sobre la compra de siete helicópteros Dhruv por parte de la FAE.   De manera paralela al proceso por presuntas irregularidades en la compra de las aeronaves, la Fiscalía mantiene abierta una investigación previa por el asesinato del excomandante de la FAE.   El 6 de junio de 2023, trece años después del crimen, esa investigación penal se reactivó.   Roberto Meza, perito argentino que investigó el caso a pedido del Gobierno de Correa, acudió a la Fiscalía para rendir su versión libre y voluntaria.   El perito Meza se encuentra en Ecuador desde el 12 de mayo de 2023. El Gobierno de Guillermo Lasso volvió a contratar al experto forense para que reconstruya el tercer producto de su investigación por el caso Gabela, que se extravió bajo custodia del correísmo.   El tercer producto debía referirse a los presuntos autores intelectuales del crimen. La Contraloría, inicialmente, determinó que ese informe no fue entregado. Aunque después se confirmó que el documento sí llegó al Ministerio de Justicia.

Así se cayó la teoría del supuesto peculado en el caso Dhruv Leer más »

En vivo, sesión Nº 872 del pleno de la Asamblea Nacional sobre el juicio político al presidente Guillermo Lasso

El Universo .– Para la censura y destitución del presidente de la República se requiere el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea. El presidente de la Asamblea Nacional, Virgilio Saquicela, convocó al pleno legislativo para este martes 16 de mayo para desarrollar el juicio político contra el presidente de la República, Guillermo Lasso, por el presunto delito de peculado y con miras a su censura y destitución. Según la Ley Orgánica de la Función Legislativa, el juicio empezará con interpelaciones de los asambleístas con sus pruebas por dos horas. Después, el presidente Guillermo Lasso podrá presentar sus alegatos por tres horas. Inmediatamente, ambas partes podrán replicar por una hora y luego, el presidente de la Asamblea abrirá el debate en el que podrán intervenir todos los legisladores por diez minutos. Cinco días después del debate, el presidente de la Asamblea, Virgilio Saquicela, convocará a una nueva sesión del pleno en la que se podrá presentar la moción de censura y destitución. De no darse esta orden, la solicitud será archivada. Para la censura y destitución del presidente de la República se requiere el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea.

En vivo, sesión Nº 872 del pleno de la Asamblea Nacional sobre el juicio político al presidente Guillermo Lasso Leer más »

Scroll al inicio